Micelio
Sentencia de Tutela28 de noviembre de 2002

T-1050 de 2002

Ponente Jaime Araujo Rentería

Demandante Argemiro Ordoñez Vs. Registraduria Nacional Del Estado Civil

Tema · dato duro
Derechos A Tener Personalidad Juridica Peticion Y Politicos. Demora Expedicion Cedula De Ciudadania. Idoneidad. Tramites Y Procedimientos Para La Entrega. Investigacion Disciplinaria. Carencia Actual De Objeto. Sustraccion De Materia. Hecho Superado. Conc
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Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Hecho superado por entrega de cédula de ciudadanía
Derecho De Peticion
  • Expedición de cédulas
  • Negligencia de las autoridades en dar respuesta de fondo y efectiva
Cedula De Ciudadania
  • Unico documento idóneo para identificarse
Derechos Politicos
  • Se vulneran con la incapacidad de sufragar
  • Alcance
Derecho Al Reconocimiento De La Personalidad Juridica
  • Vulneración por no expedición de cédula
6 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. REVOCAR el fallo proferido el 28 de junio de 2002 por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota D.C, mediante el cual se declaro improcedente el amparo constitucional solicitado en el tramite de la accion de tutela instaurada por Argemiro Ordonez ( Personero Municipal de Santander de Quilichao ) en representacion del senor Jhonny Menza Valencia, contra la Registraduria Nacional del Estado Civil.
  2. Segundo. DECLARAR que existe carencia actual de objeto por encontrarnos ante un hecho superado, no debiendo impartir orden alguna.
  3. Tercero. COMPULSAR a la Procuraduria General de la Nacion, para lo de su competencia, copia del expediente correspondiente al presente proceso y de conformidad con la parte motiva de este proveido.
  4. Cuarto. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.