Micelio
Sentencia de Tutela14 de diciembre de 2010

T-1039 de 2010

Ponente Jorge Iván Palacio Palacio

Demandante Yolima Maria Silva Brito·Demandado Saludvida E.P.S.

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Salud
  • Cirugía de carácter estético
Servicio De Salud
  • Necesidad de prescripción por el médico tratante
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Salud.

Como resultado de una orden judicial emanada en un fallo de tutela, la E.P.S.

SALUDVIDA le practicó a la demandante un procedimiento quirúrgico denominado “mamoplastia reductora”, que tenía como fin tratar la hipertrofia mamaria que la aquejaba.

Meses después de la mencionada cirugía, la accionante advirtió la aparición de una capa de piel en la parte lateral de sus senos, la cual se irritaba constantemente y le impedía el movimiento normal de sus brazos.

Al consultar la situación con el cirujano, éste le manifestó que no podía practicar la cirugía requerida para solucionar este problema, a menos que ella cubriera la totalidad de su costo, por cuanto la misma no estaba incluida en el POS, por considerarse un tratamiento eminentemente estético.

Para decidir la Sala reitera jurisprudencia sobre el derecho fundamental a la salud; la práctica de cirugías de carácter estético y la necesidad de prescripción del servicio, por parte del médico tratante y, se resuelve NEGAR el amparo invocado por la actora.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. CONFIRMAR la sentencia del veintitrés (23) de abril de dos mil diez (2010) proferida por el Juzgado
  2. Segundo. Civil Municipal de Valledupar, mediante la cual se negó el amparo reclamado.
  3. Segundo. LÍBRESE por Secretaría la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.