T-061 de 2009
Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra
✓Demandante Aldemar Suarez, Domingo Ropero Y Otros·Demandado Director De La Carcel De San Jose De Guaviare
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Rehabilitación de los internos
- Carencia actual de objeto puesto que las certificaciones de trabajo y estudio ya les fueron entregadas
- Solicitud certificados de estudio y trabajo para redención de la pena
- Protección mediante acción de tutela
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho de peticion de ciudadanos recluidos en la carcel municipal cuyo director es demandado, en donde han desarrollado actividades laborales y de estudio con el fin de redimir la pena impuesta.
Frente a ello, reclaman la entrega de sendos certificados que, segun sostiene, les ha sido negada. <br>el derecho de peticion y su relacion con la accion de tutela.
Se repitio que este es un derecho para cuya garantia aparece idonea la accion de tutela. <br>la redencion de penas por trabajo o estudios.
Sobre el punto, se evoco la sentencia t-121 de 1993, que señaló que el ente autorizado para regular el tema de redención de penas es el juez. <br>carencia actual de objeto.
Comprobada la entrega efectiva de la pretendidas certificaciones, se determino la desaparicion de los supuestos de hecho que dieron origen a la accion en cuestion. <br>negada
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. LEVANTAR los términos que fueron suspendidos en el presente asunto para mejor proveer mediante Auto de trece (13) de julio de 2008.
- SEGUNDO. Por carencia actual de objeto, confirmar la sentencia de instancia proferida por el Juez
- Primero. Promiscuo Municipal de San José de Guaviare de 24 de julio de 2008, por las razones expuestas en la presente providencia.
- TERCERO. LÍBRESE por Secretaría la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.