Micelio
Sentencia de Constitucionalidad15 de agosto de 2001Sala Plena

C-862 de 2001

Ponente Manuel José Cepeda Espinosa

Tema · dato duro
Control De Constitucionalidad Del Convenio De Cooperacion Tecnica Y Cientifica Con Ecuador
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Convenio De Cooperacion Tecnica Y Cientifica Con Ecuador
  • Suscripción y trámite de ley aprobatoria
Tratado Internacional
  • Acuerdos complementarios
  • Acuerdos que lo desarrollan
  • Condicionamiento de acuerdos complementarios
2 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 641 de 2001.

Convenio de cooperacion tecnica y científica entre colombia y ecuador.

Objeto.

Entidades responsables.

Financiamiento.

Areas de cooperacion.

Intercambio de informacion.

Expertos impedimentos privilegios e inmunidades.

Solucion de controversias

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 641/01. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Sobre toda la normaLey 641/01EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. Declarar EXEQUIBLE la Ley 604 del 27 de julio de 2000, por medio de la cual se aprueba el "Convenio Basico de Cooperacion Tecnica y Cientifica entre el gobierno de la Republica de Colombia y el gobierno de la Republica del Ecuador", suscrito en Bogota el veinte (20) de octubre de mil novecientos noventa y nueve (1999).
  2. Segundo. Declarar EXEQUIBLE el "Convenio Basico de Cooperacion Tecnica y Cientifica entre el gobierno de la Republica de Colombia y el gobierno de la Republica del Ecuador", suscrito en Bogota el veinte (20) de octubre de mil novecientos noventa y nueve (1999), con el condicionamiento relativo a los acuerdos complementarios de que trata el articulo VIII.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.