C-767 de 1998
Ponente Alejandro Martínez Caballero
✓Demandante Pedro Pablo Parra
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Debe darse si la norma es susceptible de producir efectos jurídicos
- Recae sobre norma o texto
- Puede no existir respecto a norma que resulta de interpretación sistemática
- Inexistencia
- Por desempeño de cargo público en tres meses anteriores a elección
- Necesidad de pronunciamiento de fondo
- Diferencias
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 136/94. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Estarse a lo resuelto en la sentencia C-483 de 1998, que declaró la exequibilidad del artículo 174 numeral a) de la Ley 136 de 1994.
- Segundo. INHIBIRSE de conocer de la demanda del ciudadano Pedro Pablo Parra contra el artículo 95 numeral 4o de la Ley 136 de 1994, por inexistencia de la norma acusada en el ordenamiento legal colombiano.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.