C-742 de 2015
Ponente María Victoria Calle Correa
✓Demandante Revision De Constitucionalidad De Decreto 1977 De 2015.
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Reiteración de jurisprudencia
- Condiciones a las que deben ajustarse los decretos de facultades legislativas excepcionales
- Declaración en consideración de medidas adoptadas por Gobierno de Venezuela para expulsar a colombianos disponiendo cierre de fronteras
- Requisitos de conexidad, ausencia de arbitrariedad, intangibilidad, necesidad, incompatibilidad y proporcionalidad
- Medidas aplicables
- Traslado y movilización de carbón entre municipios y puertos públicos y privados
- Control automático de constitucionalidad
- Principios de razonabilidad y proporcionalidad
- Cumplimiento de requisitos de conexidad, ausencia de arbitrariedad, intangibilidad, necesidad, incompatibilidad y proporcionalidad exigidas de las medidas de emergencia
- Aplicación de subreglas
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Revisión de constitucionalidad del Decreto No. 1977 de 2015, por el cual se desarrolla el Decreto 1770 de 2015 y se dicta una medida temporal y excepcional para los puertos carboneros concesionados de servicio privado.
El precitado Decreto permite el transporte de carbón que se produce en un conjunto de municipios del Norte de Santander cobijados por el estado de emergencia, a través de puertos marítimos privados.
Por este servicio se pagará la misma suma de dinero que reciben los puertos públicos y al momento de calcular la contraprestación que las sociedades portuarias deben pagar al Estado por concepto de la concesión, se excluirán los volúmenes transportados en ejecución de estas medidas.
Con esto, se pretende superar el deterioro del comercio y las dificultades para el transporte del carbón hacia Venezuela desde los municipios cobijados por las medidas de excepción.
Para la Corte, la habilitación de puertos privados para el transporte de carbón, cumple con los requisitos de conexidad, ausencia de arbitrariedad, intangibilidad, necesidad, incompatibilidad y proporcionalidad exigidos de las medidas de emergencia.
EXEQUIBLE.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 1977/15. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE
- Declarar EXEQUIBLE el Decreto 1977 de 6 de octubre de 2015, "Por el cual se desarrolla el Decreto 1770 del 7 de septiembre de 2015 y se dicta una medida temporal y excepcional para los puertos carboneros concesionados de servicio privado".
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.