Micelio
Sentencia de Constitucionalidad29 de julio de 2003Sala Plena

C-621 de 2003

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Demandante Alexandra Hoyos Pizano

Tema · dato duro
Decreto 410 De 1971. Arts. 164 Y 442. Codigo De Comercio. Inscripcion Representantes Legales De Sociedades Y Revisores Fiscales En El Registro Mercantil De La Camara De Comercio. Cancelacion O Confirmacion De Nombramiento O Reeleccion. Situacion De Perman
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Norma Acusada
  • Finalidad que persigue es constitucionalmente válida
  • Finalidad
  • Interpretación inconstitucional por ejercicio de la voluntad en el tiempo
  • Si bien garantiza intereses constitucionales lo hace limitando ciertos derechos fundamentales
Registro Mercantil
  • Instrumento de publicidad para la vida comercial
  • Naturaleza jurídica
  • Naturaleza personal
  • Personas que deben inscribirse
  • Finalidad
  • Inscripción no es requisito necesario para existencia o validez de los actos jurídicos
  • Carácter meramente declarativo
  • Efectos de la inscripción o falta de esta del nombramiento de los representantes legales o revisores fiscales de las sociedades
Representante Legal O Revisor Fiscal
  • Alcance de la expresión “para todos los efectos legales"
  • Continuidad en la responsabilidad inherente al cargo una vez inscrita la renuncia o destitución
  • Efectos de la designación o de la desvinculación por cualquier causa
  • Efectos jurídicos de la designación ante terceros
  • Interpretación dada frente a la responsabilidad carece de sustento en el texto de la disposición
  • Permanencia en el registro mercantil de la inscripción
  • Registro de nombramiento tiene carácter declarativo y constitutivo
  • Responsabilidad por desvinculación del cargo no puede carecer de límites temporales y materiales
  • Fórmula legal de permanencia indefinida no precisa límites temporales o materiales
  • Funciones y responsabilidades en caso de desvinculación está sujeta a una condición futura e incierta
  • Imposibilidad de convenir inamovilidad ni siquiera por un término señalado
  • Inaplicación de los límites
  • Solamente registro de nuevo nombramiento los desvincula de responsabilidad frente a la sociedad
Representante Legal
  • Funciones y responsabilidades hasta tanto no se inscriba un nuevo nombramiento
Revisor Fiscal
  • Funciones y responsabilidades hasta tanto no se inscriba un nuevo nombramiento
  • Participa en el cumplimiento de las funciones y fines del Estado
  • Da fe pública respecto de los balances y estados financieros de la sociedad
  • Funciones
Registro Publico
  • Certeza sobre relación jurídica de quien representa a persona jurídica
Sociedad Comercial
  • Comparecen a juicio por medio de sus representantes legales
  • Necesidad de definir quien ejercerá representación legal
  • Representación y administración de bienes se ajustará a estipulaciones del contrato social según régimen de cada tipo de sociedad
Conflicto De Derechos
  • Autonomía de la voluntad frente a la seguridad jurídica de terceros
Inscripcion Constitutiva
  • Clases
  • Inscripción como condición sine qua non para la producción de efectos jurídicos del acto inscrito
Representacion Legal
  • Deferida por medio de diversos mecanismos jurídicos
Persona Juridica Como Representante Legal O Revisor Fiscal
  • Procedencia en caso de renuncia, remoción o muerte de la persona natural que cumple la función
13 temas · 41 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 410/71. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 164Decreto 410/71EXEQUIBLE
Art. 442Decreto 410/71EXEQUIBLE
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. R E S U E L V E
  3. Primero. Declarar EXEQUIBLES los articulos 164 y 442 del Codigo de Comercio, en los terminos de la consideracion juridica numero 11 de la presente Sentencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.