C-564 de 1995
Ponente José Gregorio Hernández Galindo
✓Demandante Maria Teresa Garces Lloreda
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- No se puede asignar función legislativa
- No puede modificar porcentajes de programación nacional
- No puede el Congreso desprenderse de ella
- Competencia para modificarla
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 182/95. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- RESUELVE:
- Declárase INEXEQUIBLE el parágrafo del artículo 33 de la Ley 182 de 1995, que dice: "La Junta Directiva de la Comisión Nacional de Televisión podrá modificar dichos porcentajes".
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.