C-485 de 2000
Ponente José Gregorio Hernández Galindo
✓Demandante Juan Carlos Salazar Torres Y Otra
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Beneficio a nacionales por actuaciones con otros estados
- Beneficio a nacionales por doble tributación
- Beneficios
- Condiciones especiales para nacionales
- Reglas aplicables a extranjeros residentes
- Descuento a contribuyente nacional de lo pagado en el extranjero
- Diferencia entre nacionales y extranjeros
- Diferencia entre nacionales y extranjeros
- Extranjeros
- Alcance
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Dec. 624/89.
Art. 254 parcial.
Impuestos pagados en el exterior.
Exequible.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 624/89. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Declarar EXEQUIBLE el inciso
- primero. del artículo 254 del Decreto 624 de 1989, que dice:
- "Artículo 254. Por impuestos pagados en el exterior. Los contribuyentes nacionales que perciban rentas de fuente extranjera, sujetas al impuesto sobre la renta en el país de origen, tienen derecho a descontar del monto del impuesto colombiano sobre la renta, el pagado en el extranjero sobre esas mismas rentas, siempre que el descuento no exceda del monto del impuesto que deba pagar aquí el contribuyente por esas mismas rentas".
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.