Micelio
Sentencia de Constitucionalidad4 de mayo de 2000Sala Plena

C-485 de 2000

Ponente José Gregorio Hernández Galindo

Demandante Juan Carlos Salazar Torres Y Otra

Tema · dato duro
Impuesto Sobre La Renta. Descuento A Contribuyente Nacional De Lo Pagado En El Extranjero
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Autonomia Legislativa En Materia Tributaria
  • Beneficio a nacionales por actuaciones con otros estados
  • Beneficio a nacionales por doble tributación
  • Beneficios
Estado En Materia Tributaria
  • Condiciones especiales para nacionales
  • Reglas aplicables a extranjeros residentes
Impuesto Sobre La Renta
  • Descuento a contribuyente nacional de lo pagado en el extranjero
  • Diferencia entre nacionales y extranjeros
Principio De Reciprocidad En Materia Tributaria
  • Diferencia entre nacionales y extranjeros
6 temas · 10 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Dec. 624/89.

Art. 254 parcial.

Impuestos pagados en el exterior.

Exequible.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 624/89. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 254Decreto 624/89EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Declarar EXEQUIBLE el inciso
  2. primero. del artículo 254 del Decreto 624 de 1989, que dice:
  3. "Artículo 254. Por impuestos pagados en el exterior. Los contribuyentes nacionales que perciban rentas de fuente extranjera, sujetas al impuesto sobre la renta en el país de origen, tienen derecho a descontar del monto del impuesto colombiano sobre la renta, el pagado en el extranjero sobre esas mismas rentas, siempre que el descuento no exceda del monto del impuesto que deba pagar aquí el contribuyente por esas mismas rentas".
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.