C-283 de 1995
Ponente José Gregorio Hernández Galindo
✓Demandante Alfredo Vasquez Carrizosa Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- No configuración
- Control del orden público
- Consecución de la paz pública
- Manejo
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 104/93. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. En cuanto a los artículos 94, 96 y 97 de la Ley 104 de 1993 "Por la cual se consagran unos instrumentos para la búsqueda de la convivencia, la eficacia de la justicia y se dictan otras disposiciones", ESTESE A LO RESUELTO por la Corte en Sentencia C-425 del 29 de septiembre de 1994.
- Segundo. En lo referente al artículo 95 de la misma Ley, ESTESE A LO RESUELTO por la Corte en Sentencia número C-562 del 6 de diciembre de 1994.
- Tercero. En lo que respecta a los artículos 17, 98, 99, 100 y 101 de la misma Ley, ESTESE A LO RESUELTO por la Corte en la Sentencia C-055 del 16 de febrero de 1995.
- Cuarto. Decláranse EXEQUIBLES los demás artículos de la Ley 104 de 1993, "Por la cual se consagran unos instrumentos para la búsqueda de la convivencia, la eficacia de la justicia y se dictan otras disposiciones", únicamente en cuanto, al expedirla, el Congreso no invadió la órbita de competencia del Presidente de la República en el manejo del orden público.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.