Micelio
Sentencia de Constitucionalidad5 de marzo de 2008Sala Plena

C-225 de 2008

Ponente Jaime Córdoba Triviño

Demandante David Ricardo Rodriguez Navarro

Tema · dato duro
Comisiones Regionales Interparlamentarias Cri. Su Integración Es Incompatible Con El Sistema De Elección Fundado En Listas Únicas
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Comisiones Regionales Interparlamentarias Cri
  • Son instancias de reforzamiento de la participación democrática de las regiones al interior del Congreso
  • Su integración es incompatible con el sistema de elección fundado en listas únicas
  • Pertenencia de senador elegido por circunscripción nacional no afecta el ejercicio de sus funciones al interior de las comisiones constitucionales, especiales y accidentales
  • Presunta duplicidad de funciones entre las CRI y las comisiones constitucionales permanentes y las plenarias del Senado y la Cámara de Representantes está basada en una interpretación errónea de las competenci
  • Su integración es incompatible con el mandato democrático representativo del Congreso
Congreso
  • Bicameralismo fundado en formas de representación democrática y balance de poderes entre cámaras legislativas
  • Distinción entre método de su composición e índole del mandato representativo
  • Beneficios del Bicameralismo
  • Elección de sus miembros por circunscripciones diferentes
Demanda De Inconstitucionalidad Por Omision Legislativa Relativa
  • Excepción al control de constitucionalidad
  • Configuración
Representacion De Los Intereses De Las Regiones Al Interior Del Congreso
  • La Constitución no impide establecer instancias de participación
5 temas · 13 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 1127 de 2007.

Se adiciona la seccion 5ª al capitulo iv del titulo ii de la ley 5ª de 1992 reglamento del congreso.

Creacion legal de las comisiones regionales interparlamentarias.<br>afirma el actor que la normativa demandada es contraria al preambulo y a los articulos 1, 133, 171 y 209 superiores, habida cuenta que desconoce el modelo de representacion politica previsto en la carta politica, de acuerdo con el cual el senado de la republica tiene origen en una circunscripcion nacional y la camara de representantes en circunscripciones territoriales.

Por lo anterior, la decision legislativa de integrar comisiones regionales interparlamentarias infringe dicho modelo.<br>materia de la ley 1127 de 2007.

La integracion de las comisiones regionales interparlamentarias es incompatible con el mandato democratico representativo del congreso.

La integracion de las comisiones regionales interparlamentarias es incompatible con el sistema de eleccion fundado en listas unicas.<br>esta corporacion encuentra que la formula de composicion de las comisiones regionales interparlamentarias es contraria a la constitucion politica, debido a que es incompatible, en primer lugar, con el carácter nacional e indivisible del mandato democratico representativo de que son titulares los congresistas en el estado unitario y, en segundo termino, con la representacion identitaria de los congresistas elegidos por circunscripciones especiales de minorias etnicas y politicas, indescifrable por formulas de distribucion regional.

Asi mismo, resulta incompatible con el metodo de eleccion de los congresistas a partir de listas unicas que prescindan, merced en su composicion o la decision del elector, del mecanismo de voto preferente. <br>inexequible la ley 1127 de 2007 que adiciona la seccion 5ª al capitulo iv del titulo ii de la ley 5ª de 1992.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 5/92. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 53Ley 5/92INEXEQUIBLE
Expresión declarada inexequible«el artículo 1 de la ley 1127 de 2007 que modificó»
Sobre toda la normaLey 1127/07INEXEQUIBLE
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del Pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. RESUELVE:
  3. Declarar INEXEQUIBLE la Ley 1127 de 2007 "por medio de la cual se adiciona la Seccion 5a al Capitulo IV del Titulo II de la Ley 5a de 1992 Reglamento del Congreso. Creacion legal de las Comisiones Regionales Interparlamentarias."
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónJaime Córdoba Triviño
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.