Providencias que cita
C-121/20 invoca estas providencias en su argumentación. · 66 en total.
Volver a la ficha de C-121/20Proyecto De Acto Legislativo. No Introducción De Modificación Sustancial A Lo Votado En Primera Vuelta
Comision Accidental. Creación De Textos Nuevos Si Permite Superar Las Diferencias
Sesion Conjunta De Comisiones Constitucionales. Actuación Ante Simultaneidad De Debates En Plenarias
Declaracion De Impuesto Sobre La Renta Y Complementarios. Términos Perentorios Para Revisión Y Corrección Por Administración
Regimen Especial De Bogota. Modificaciones Por Legislación Ordinaria
Principio De Unidad De Materia En Ley De Organizacion Territorial. Introducción De Asunto Nuevo Sin Consideración En Debates Anteriores
Codigo De Procedimiento Penal. Falgta De Quorum Decisorio En La Plenaria De La Carmara De Representantes E Incumplimiento De Requisito De Cuatro Debates.
Norma Tributaria En Mercado De Combustibles. Prevención De Deterioro De Finanzas Por Contrabando
Superintendencia De Industria Y Comercio En Competencia Desleal. Incidente De Liquidación De Perjuicios
Proyecto De Ley De Apropiaciones. Creación De Nuevas Rentas O Modificación Para Financiar Monto De Gastos
Fallo Inhibitorio Por Ineptitud De Demanda De Inconstitucionalidad Contra Norma De La Ley 617 De 2000
Regimen Que Promueva Y Facilite La Reactivacion Empresarial Y La Reestructuracion De Los Entes Territoriales. Disgnacion De Promotores Y Peritos. Paz Y Salvo Tributario Expedido Por La Dian Para Licitacion Oferta Y Adjudicacion De Contratos Con El Estado. Unidad De Empresa.
Ley 489/98. Arts. 738475968 Y 111 Parciales Y; 5152535455 Y 120. Reestructuracion Del Estado. Facultades Extraordinarias Del Presidente. Exequibles E Inexequibles.
Ley 100/93. Art. 224. Impuesto Social A Las Armas Y Municiones. Exequible.
Ley 66/89. Facult. Extraord. Del Presidente Para Reformar Los Estatutos Del Personal De Min-Defensa Fuerzas Militares Y Policia Nal. Exequible.
Ley 5/92. Ley 6/92. Reglamento Del Congreso Senado Y Camara. Auxilios Parlamentarios. Constitucionales E Inconstitucionales.