Micelio
Sentencia de Constitucionalidad22 de febrero de 2006Sala Plena

C-119 de 2006

Ponente Jaime Araujo Rentería

Demandante Jose Guillermo Roa Sarmiento

Tema · dato duro
Deposito Judicial. No Entrega De Intereses Al Depositante No Vulnera Derecho De Propiedad, Prohibición De Confiscación Ni Origina Enriquecimiento Sin Causa A Favor Del Estado
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Contribucion Parafiscal
  • Naturaleza de los rendimientos y excedentes financieros
Deposito Judicial
  • No entrega de intereses al depositante no vulnera derecho de propiedad, prohibición de confiscación ni origina enriquecimiento sin causa a favor del Estado
  • Recuento legislativo sobre manejo de rendimientos financieros
  • Destino de rendimientos financieros
Derecho De Propiedad Privada
  • Alcance de la función social
Derecho De Propiedad
  • No es absoluto
  • Concepto
Expropiacion
  • Concepto
  • Requisitos
Principio De Igualdad
  • No vulneración por no entrega de rendimientos financieros de depósito judicial al depositante
8 temas · 12 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 66 de 1993 articulos 2 (parcial) 6 (parcial) y 10.

Se reglamenta el manejo y aprovechamiento de los depositos judiciales y se dictan otras disposiciones.

El demandante considera violados el preambulo y los articulos 2 13 34 y 58 de la constitucion politica al establecer a favor del estado el aprovechamiento y apoderamiento de los rendimientos de los depositos judiciales.

La proteccion constitucional del derecho de propiedad.

La prohibicion de confiscacion en el ordenamiento constitucional.

La corte encuentra que la medida prevista en las disposiciones demandadas es razonable y proporcionada ya que se trata de un fin constitucionalmente legitimo como es la administracion de justicia en beneficio de toda la comunidad.

Exequibles

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 66/93. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 10Ley 66/93EXEQUIBLE
Art. 2Ley 66/93 «Inciso 3.»EXEQUIBLE
Art. 6Ley 66/93 «Inciso 1.»EXEQUIBLE
3 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
  2. R E S U E L V E:
  3. DECLARAR EXEQUIBLES, por los cargos examinados en esta sentencia, el inciso 3º del Art. 2º, el inciso 1º del Art. 6º y el Art. 10 de la Ley 66 de 1993.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.