C-106 de 1995
Ponente Eduardo Cifuentes Muñoz
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Finalidad
- Transferencia de ingresos
- Tributo
- Protección
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 146/94. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- PRIMERO. Con la salvedad que se senala en el articulo siguiente, declarar exequible la Convencion y la Ley 146 de 1994, "por medio de la cual se aprobo la Convencion Internacional sobre la proteccion de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares".
- SEGUNDO. La exequibilidad de los articulos 15, 46 y 47 de la "Convencion Internacional sobre la proteccion de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares", aprobada mediante la Ley 146 de 1994, se declara bajo el entendido de que el Estado colombiano mantiene su derecho de dictar normas tributarias, cambiarias y monetarias que establezcan un trato igual entre trabajadores migratorios y sus familias y los nacionales, para la importacion y exportacion de bienes de uso personal, enseres domesticos, transferencia de ingresos y ahorros hacia el exterior, asi como para proceder a la expropiacion por razones de equidad y a la extincion del dominio en los eventos previstos en el articulo 34 de la CP. En consecuencia, el Presidente de la Republica hara la correspondiente reserva.
- Notifiquese,
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.