C-102 de 2003
Ponente Alfredo Beltrán Sierra
✓Demandante Luis Eduardo Forero Medina
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- No es absoluto
- Asunción de cargas y expensas
- Determinación legislativa de cobro
- Ineptitud sustantiva de la demanda
- Pago del valor de las copias
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 2158/48. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Declarar exequible la expresión " El recurrente deberá proveer lo necesario para la obtención de las copias dentro de los cinco (5) días siguientes al auto que concedió el recurso. En caso contrario se declarará desierto", contenida en el artículo 29 de la Ley 712 de 2001 "por la cual se reforma el Código Procesal del Trabajo", sólo por los cargos estudiados.
- Segundo. Inhibirse de pronunciarse respecto de la supuesta violación de los artículos 25, 53 y 215 de la Constitución, del mismo artículo 29 de la Ley 712 de 2001, en lo acusado, por inepta demanda.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.