C-085 de 2013
Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla
✓Demandante Natalia Velasquez Escalante·Demandado Ley 1527 De 2012, Articulo 15 Parcial
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Cosa juzgada constitucional respecto de la prohibición a comisionistas de bolsa y régimen contable de ciertos contratos de leasing
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra un segmento del artículo 15 de la Ley 1527 de 2012, por medio de la cual se establece un marco general para la libranza o descuento directo y se dictan otras disposiciones.
La demandante considera que el aparte normativo acusado vulnera los artículos 154 y 158 de la Constitución Política.
Cuestiona la relación que pueda existir entre la reactivación del beneficio fiscal del leasing operativo en los proyectos de infraestructura y la posibilidad de negociar acciones en bolsa por parte de comisionistas, con la libranza o descuento directo que regula la ley 1527 de 2012.
La Corte constató la existencia de cosa juzgada constitucional respecto de la inexequibilidad del mismo aparte demandado, por violación del principio de unidad de materia.
Se decide, ESTARSE A LO RESUELTO en la sentencia C-015/13.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1527/12. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del Pueblo y por mandato de la Constitucion
- RESUELVE
- ESTARSE a lo resuelto en la sentencia C-015 de enero 23 de 2013, que declaro inexequible el aparte acusado del articulo 15 de la Ley 1527 de 2012, "Por medio de la cual se establece un marco general para la libranza o descuento directo y se dictan otras disposiciones".
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.