DecretoVigente
Decreto 2883 de 1994
por el cual se aprueba el Acuerdo 01 de octubre 20 de 1994, de la Junta directiva de la Empresa Social del Estado Centro Dermatológico "Federico Lleras Acosta", por el cual se adoptan los estatutos de la Empresa Social del Estado Centro Dermatológico "Federico Lleras Acosta"
37artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1º1º2º3º4º5º6º7º8º9º10Artículo 1011Calidad De Los Miembros12Requisitos Para Los Miembros De La Junta Directiva13Período De Los Miembros14Honorarios15Período De Sesiones De La Junta Directiva16Quórum Para Sesionar Y Decidir17Libro De Actas Emanadas De La Junta Directiva18Los Miembros De La Junta Directiva Deberán Obrar Siempre Consultando La Política Gubernamental De Salud Y Los Intereses De La Empresa Social Del Estado Centro Dermatológico "federico Lleras Acosta"19Director20Calidades Para Ejercer El Cargo De Director21Funciones Del Director22Denominación De Los Actos Que Expida El Director General23Posesión Del Director, Miembros De La Junta Directiva Y Demás Funcionarios De La Empresa Social Del Estado Centro Dermatológico "federico Lleras Acosta"24Inhabilidades, Incompatibilidades Y Responsabilidades De Los Miembros De La Junta Directiva Y Del Director General25Organización Interna26Conformación Del Patrimonio Y Las Rentas27Destinación De Fondos28La Contraloría General De La República Ejercerá La Vigilancia Sobre Los Bienes Y Fondos De La Empresa Social Del Estado, Con Aplicación De Reglamentos Especiales Acordes Con La Índole De La Entidad Y La Naturaleza De Las Actividades A Ella Encomendadas, De Modo Que Se Deje A Salvo Su Autonomía Administrativa Y Se Haga Expedito Su Funcionamiento29Revisor Fiscal30Régimen Aplicable A Los Actos Administrativos31Régimen Contractual32Régimen Presupuestal33Carácter De Los Empleos34Artículo 3435Vigencia2º
03