La Contraloría General de la República ejercerá la vigilancia sobre los bienes y fondos de la Empresa Social del Estado, con aplicación de reglamentos especiales acordes con la índole de la entidad y la naturaleza de las actividades a ella encomendadas, de modo que se deje a salvo su autonomía administrativa y se haga expedito su funcionamiento.
Artículo 28
La Contraloría General De La República Ejercerá La Vigilancia Sobre Los Bienes Y Fondos De La Empresa Social Del Estado, Con Aplicación De Reglamentos Especiales Acordes Con La Índole De La Entidad Y La Naturaleza De Las Actividades A Ella Encomendadas, De Modo Que Se Deje A Salvo Su Autonomía Administrativa Y Se Haga Expedito Su Funcionamiento
Decreto 2883 de 1994 · por el cual se aprueba el Acuerdo 01 de octubre 20 de 1994, de la Junta directiva de la Empresa Social del Estado Centro Dermatológico "Federico Lleras Acosta", por el cual se adoptan los estatutos de la Empresa Social del Estado Centro Dermatológico "Federico Lleras Acosta"
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.