DecretoVigente
Decreto 367 de 1981
por el cual se reglamenta la tarjeta de crédito agropecuario, CREDIAGRARIO.
14artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1La Tarjeta De Crédito Agropecuario Es Un Sistema De Crédito Diferido Y De Carácter Rotatorio Mediante El Cual, Las Entidades Bancarias Vinculadas Se Comprometen A Pagar A Un Establecimiento Afiliado, El Valor De Los Insumos Y Servicios Agropecuarios Que Suministren A Los Usuarios Del Sistema, Contra La Prestación De La Respectiva Tarjeta, De Conformidad Con Los Reglamentos Vigentes Al Efecto2Tendrán La Condición De Entidad Crediticia Del Sistema De Tarjeta De Crédito Agropecuario, La Caja De Crédito Agrario, Industrial Y Minero, El Banco Cafetero, El Banco Ganadero, El Banco Popular, El Banco De Los Trabajadores Y Cualquier Otra Entidad Bancaria Que Suscriba El Contrato De Vinculación Al Sistema3Las Entidades Crediticias Vinculadas Tendrán Derecho, Por La Expedición Y Entrega De La Tarjeta De Crédito, Además De Que Se Es Cubra Íntegramente El Crédito Otorgado; A) Al Pago De Las Cuotas De Manejo; B) Al Pago De Los Intereses Corrientes Durante El Plazo Sobre Saldos Insolutos Diferidos; C) Al Pago De Los Intereses De Mora Sobre Cuotas Vencidas; D) Al Pago De Las Comisiones Por Los Establecimientos Afiliados4Tienen La Condición De Establecimientos Afiliados Los Almacenes De Provisión Agrícola De La Caja De Crédito Agrario, Industrial Y Minero, Los Fondos Ganaderos, La Federación De Cafeteros, La Federación De Algodoneros, La Federación De Arroceros, La Federación De Ganaderos, Las Cooperativas Agrícolas Y Todas Las Demás Personas Naturales O Jurídicas Dedicadas De Modo Regular A La Comercialización De Bienes Y Servicios Agrícolas, Pecuarios O Forestales Que Suscriban El Correspondiente Contrato De Afiliación, Y Cumplan, Además, Con Los Siguientes Requisitos: A) Gozar De Excelente Trayectoria Y Reputación Comercial, Y B) Tener Cuenta Corriente En Cualquiera De Las Entidades De Crédito, Vinculadas5Son Obligaciones De Los Establecimientos Afiliados: A) Acepar Como Forma De Pago De Los Bienes O Servicios Por Los Usuarios Del Sistema, La Tarjeta De Crediagrario; B) Cobrar A Los Usuarios Los Mismos Precios Establecidos Para Sus Ventas Al Contado De Bienes O Servicios; C) Consignar En Cuenta Corriente O De Ahorros De Los Bancos Vinculados, Los Comprobantes De Ventas A Los Usuarios Dentro De Los Términos Previstos Por Los Reglamentos; D) Asumir Las Responsabilidades Que Les Correspondan Por Los Reclamos Que Les Formulen Los Tarjetahabientes Con Motivo De Las Adquisiciones Realizadas; E) Cumplir Estrictamente Los Reglamentos Expedidos Por La Entidad Administradora Del Sistema6Podrán Tener La Condición De Usuarios De La Tarjeta De Crédito Agrario, Crediagrario, Todas Las Personas Naturales O Jurídicas Que Habitualmente Se Dediquen A La Realización De Actividades De Producción Agrícola, Pecuaria O Forestal, Y Cumplan, Además, Con Los Siguientes Requisitos: A) Ser Capaz Para Contratar Y Obligarse; B) Tener Cuenta Corriente O De Ahorros En El Banco Que Le Expidió La Tarjeta; C) Suficiente Capacidad De Pago; D) Reconocida Honorabilidad Comercial, Y E) Prestar Las Garantías Autorizadas Por Los Reglamentos7La Tarjeta De Crédito Agropecuario Autoriza A Su Legítimo Tenedor Para Utilizar El Crédito Otorgado Con Destino A La Adquisición De Insumos O Servicios Agropecuarios O Dinero En Efectivo, Dentro Del Cupo Asignado Por La Entidad Bancaria Que Le Otorgó La Tarjeta8Los Usuarios Del Sistema Crediagrario Son Responsables De La Correcta Utilización De Su Tarjeta, En Razón De La Cual: A) No Deben Usarla Estando En Mora O Excedidos En Su Cupo; B) Deben Responder Por Las Adquisiciones De Bienes Y Servicios Que Se Hagan Mediante Su Utilización Fraudulenta9Podrá Cancelarse A Un Usuario Su Tarjeta De Crediagrario, Cuando Ocurre Una Cualquiera De Las Siguientes Circunstancias: A) No Haber Pagado Las Cuotas O Saldos Pendientes Dentro Del Plazo Previsto; B) Exceder El Cupo Autorizado; C) Cubrir Las Cuotas O Saldos Con Cheque Devuelto Impagado Por El Banco Girador; D) Habéresele10Artículo 1011Artículo 1112Artículo 1213Son Funciones Del Comité Consultivo: A) Proyectar Los Reglamentos Que Deben Expedir La Caja En Cumplimiento De Lo Previsto En Los Artículos10 Y 11 Del Presente Decreto; B) Aprobar Los Programas De Promoción De Venta De Bienes Y Servicios; C) Diseñar Los Sistemas De Información Comercial Para Los Establecimientos Afiliados Y De Promoción De La Tarjeta14El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
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