Micelio

Artículo 12

Decreto 367 de 1981 · por el cual se reglamenta la tarjeta de crédito agropecuario, CREDIAGRARIO.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Como órgano asesor para la administración del sistema, se crea el Comité Consultivo de la tarjeta de crédito agropecuario, el cual estará integrado por el Gerente General de la Caja Agraria o su delegado, quien lo presidirá, un represnetante del Ministerio de Agricultura designado por el Ministro, y un representante de cada una de las entidades crediticias vinculadas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 367 de 1981