DecretoVigente
Decreto 2290 de 1993
por el cual se aprueban condiciones y procedimientos para la venta de las acciones y derechos que la Nación y el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras poseen en el Banco de Colombia y se dictan otras disposiciones.
16artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1La Venta De Las Acciones Y Derechos Que La Nación Y El Fondo De Garantías De Instituciones Financieras Poseen En El Banco De Colombia, Se Hará Conforme A Las Condiciones Y Procedimientos Señalados En El Decreto 2049 De 1993, En El Presente Decreto Y En El Reglamento Del Martillo A Que Se Hace Referencia Más Adelante2Definiciones3Condiciones De Las Ofertas De Compra4Documentos Que Deben Adjuntarse A La Oferta De Compra5Condiciones Y Procedimientos Del Martillo6Martillo Desierto7Adjudicación En La Primera Sesión Del Martillo8Reducción De Ofertas De Compra En La Primera Sesión Del Martillo9Reducción De Las Ofertas De Compra En La Segunda Sesión Del Martillo10Contenido De Los Actos Y Contratos Relativos A La Venta11Suscripción De Acciones No Colocadas12Contingencias Pasivas13Garantía De Pago14Condiciones Para La Adjudicación Del Lote Uno15Vigencia Del Precio Mínimo16Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Cesar Gaviria TrujilloEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el Decreto 130 de 1976, el artículo 84 y la parte decimosegunda del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, Decreto 663 de 1993
- Fabio Villegas RamírezEl Ministro de Gobierno
- Noemí Sanín De RubioLa Ministra de Relaciones Exteriores
- Andrés González DíazEl Ministro de Justicia
- Rudolf Hommes RodríguezEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Rafael Pardo RuedaEl Ministro de Defensa
- José Antonio Ocampo GaviriaEl Ministro de Agricultura
- Luis Alberto Moreno MejíaEl Ministro de Desarrollo Económico
- Guido Nule AmínEl Ministro de Minas y Energía
- Juan Manuel Santos CalderónEl Ministro de Comercio Exterior
- Maruja Pachón De VillamizarLa Ministra de Educación
- Luis Fernando Ramírez AcuñaEl Ministro de Trabajo y Seguridad Social
- Juan Luis Londoño De La CuestaEl Ministro de Salud
- William Jaramillo GómezEl Ministro de Comunicaciones
- Juan Alonso Latorre UrizaEl Viceministro de Obras Públicas y Transporte, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Obras Públicas y Transporte · encargado