Micelio
Sentencia de Tutela23 de octubre de 2003

T-983 de 2003

Ponente Jaime Córdoba Triviño

Demandante Alejandra Carvajal Enciso Vs. Colegio Instituto De Pedagogia Autoactivad Grupos Ipag

Tema · dato duro
Derecho A La Educacion De Menor De Edad. Solicitud Certificados De Estudios. Mora En Pago De Pensiones. Derecho-Deber. Falta Capacidad Economica. Llamado A Prevencion. Concedida.
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Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Educación
  • Padres de familia no pueden abusar de sus derechos e incurrir en cultura del no pago
  • Falta de pago en pensiones por enfermedad del padre en incapacidad económica
  • Prohibición retención de notas o certificados por no pago de pensión
  • Protección no significa exonerar a los padres de su obligación económica
Educacion
  • Derecho-deber
2 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. Tutelar el derecho a la educación de la menor Alejandra Carvajal Enciso. En consecuencia, Revocar las decisiones proferidas en el proceso de la referencia por el Juzgado Once Penal Municipal y el juzgado
  2. Tercero. Penal del Circuito, ambos de la ciudad de Bogotá D. C.
  3. Segundo. Disponer que los padres de la menor Alejandra Carvajal Enciso y la señora Rosalba Torres de Rojas, como representante legal del colegio IPAG, dentro de los tres (3) días siguientes a la notificación de esta sentencia, acuerden una nueva forma de pago de la deuda pendiente, en consideración a la capacidad económica de los deudores. El juez de primera instancia velará por la pronta concreción de este acuerdo.
  4. Tercero. Ordenar a la representante legal del Colegio IPAG que, una vez formalizado el acuerdo de pago señalado en el ordinal anterior, expida, de manera inmediata, los certificados de estudios correspondientes a los años cursados y aprobados en esa institución por la menor Alejandra Carvajal Enciso en los años 1999, 2000 y 2001.
  5. Cuarto. Dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.