Sentencia de Tutela2 de diciembre de 1999
T-971 de 1999
Ponente Alfredo Beltrán Sierra
✓Demandante Fedispetrol
✓
Tema · dato duro
Derecho A La Igualdad. Der De Asociacion. Tutela Para Proteger Derechos Fundamentales De Las Personas Juridicas. Negada.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Acción De Tutela
- Alcance de la procedencia respecto de quienes manejan recursos parafiscales
- Improcedencia general para acceder a órganos de representación y gestión de recursos parafiscales
Persona Juridica
- Titularidad de derechos fundamentales
Derecho A La Igualdad Y Representacion
- Gestión de recursos parafiscales por aportantes
Fondo Soldicom
- Recursos parafiscales
Medio De Defensa Judicial
- Acceso en gestión de recursos parafiscales y beneficios
5 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- CONFIRMAR, por las razones expuestas en esta providencia, la sentencia del Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección segunda, Subsección A, de fecha veintiséis (26) de agosto de mil novecientos noventa y nueve (1999), en la acción de tutela presentada por la Federación Colombiana de Distribuidores Minoristas de Derivados Líquidos del Petróleo y Otros Energéticos - Fedispetrol Colombia - contra el Fondo de Protección Solidaria - Soldicom - y Fendipetróleo.
- Por Secretaría General, líbrense las comunicaciones a que se refiere el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a7
T-415/99Der. De Peticion. Debido Proceso. Mora En La Resolucion De Solicitudes Por El Ministerio De Trabajo. Sustraccion De Materia. Negada.C-678/98Ley 89/93. Arts. 2 Parcial Y 7. Ley 395/97. Art. 16 Parag. 2. Cuota De Fomento Ganadero Y Lechero. Erradicacion De La Fiebre Aftosa. Exequibles.C-211/97Dec. 1045/78. Art. 27. Dec. 1647/91. Art. 64. Descuentos A Favor De Prosocial. Programas De Bienestar. Inexequible. Ver. <a Href=../1997/C-105-97.Rtf> C-105/97</A>.C-152/97Ley 223/95. Art. 182. Racionalizacion Tributaria. Contribuciones Parafiscales. Inexequible.C-273/96Ley 54/83. Art. 1 Valor De Los Tres Dias De La Prima Vacacional En Favor De Coojurisdiccional. Recursos Parafiscales. Inexequible.C-191/96Ley 188/95. Art. 43. Plan Nacional De Desarrollo. Recursos Parafiscales. Exequible.
Ver las 7 →Citada por6
C-345/22Impuesto Sobre La Renta. No Son Contribuyentes De Este Impuesto Los Fondos Parafiscales Agropecuarios Y Pesqueros Y El Fondo De Promoción Turística.T-009/13Tutela de 2013T-348/12Tutela de 2012C-437/11Fondo De Protección Solidaria “soldicom”. Administración De Los Recursos ParafiscalesT-540/03Derecho Al Debido Proceso E Igualdad De Persona Juridica. Via De Hecho. Acceso A La Administracion De Justicia. Seguridad Juridica. Proceso Ejecutivo Singular. Fecha Inequivoca Para Vencimiento De Pagare. Legitimacion Por Activa. Tutela Temeraria. Negada.C-1047/01Estado De Emergencia Por Desbordamiento Del Rio Paez. Beneficios Tributarios Para Empresas Establecidas
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.