Micelio
Sentencia de Constitucionalidad24 de abril de 1997Sala Plena

C-211 de 1997

Ponente Fabio Morón Díaz

Demandante Alfonso Herrera Ramirez

Tema · dato duro
Dec. 1045/78. Art. 27. Dec. 1647/91. Art. 64. Descuentos A Favor De Prosocial. Programas De Bienestar. Inexequible. Ver. <a Href=../1997/C-105-97.Rtf> C-105/97</A>.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Cooperativa De Direccion De Impuestos Y Aduanas Nacionales
  • Prohibición destinación contribución parafiscal a particular
Contribucion Parafiscal
  • Descuentos a favor de Prosocial
Cosa Juzgada Constitucional
  • Extralimitación facultades por descuentos para Prosocial
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 1045/78. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 27Decreto 1045/78ESTARSE A LO RESUELTO
Art. 64Decreto 1647/91INEXEQUIBLE
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. ESTESE A LO RESUELTO por la Corte Constitucional en la sentencia C-105 de marzo 6 de 1997.
  2. Segundo. Declarar INEXEQUIBLE el artículo 64 del Decreto 1647 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.