T-969 de 2006
Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra
✓Demandante Jairo Humberto Nuñez Plata Vs. Corte Suprema De Justicia Sala De Casacion Penal
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procedencia por no existir otro medio de defensa judicial
- Recursos que la hacen improcedente deben ser idóneos y proporcionales
- Término razonable de presentación
- Concepto
- Pluralidad de nombres exigida en lista de elegibles tiene utilidad práctica para nominador
- Nombramiento de quien obtuvo el primer puesto
- Etapas
- Competencias administrativas cuando estudian provisión de cargo de carrera judicial
- Diferencia entre facultades de designación y de elección de nominadores
- Provisión de cargos con listas superiores a cinco candidatos
- Margen de discrecionalidad de nominador al momento de elegir
- Mérito como fundamento principal para ingreso, permanencia y promoción en el servicio
- Cargos de carrera
- Facultades
- Concepto "elección-elegible" y "candidato"
- Falta de aptitud suficiente para proteger derechos de quien obtuvo primer lugar en concurso
- Procedencia de la tutela para proteger derechos a quien no le respetan lugar de ubicación en lista de elegibles
- Debe hacerse en orden ascendente de conformidad con puntajes que para cada etapa determine reglamento
- Procedencia excepcional cuando se configura perjuicio irremediable
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la igualdad el debido proceso al trabajo y al acceso a cargos y funciones publicas de aspirante al cargo de magistrado de tribunal administrativo y superior de distrito judicial que ocupo el primer puesto en la lista de elegibles por la decision de la sala plena de la corte suprema de justicia de nombrar a lapersona que ocupaba el tercer puesto en dicha lista.solicita se deje sin efecto la eleccion realizada por la sala plena y se ordene su designacion para ocupar el cargo de magistrado del tribunal superior del distrito judicial de ibague.presupuestos procesales de la accion de tutela en el presente caso.
La ineficacia de los mecanismos ordinarios de defensa judicial para la proteccion de los derechos de quienes han ocupado el primer lugar en un concurso de meritos.
El requisito de la inmediatez.
Jurisprudencia constitucional relativa al valor de los concursos de meritos y de las listas de elegibles en la rama judicial.en el presente caso el proceder de la sala plena de la corte suprema de justicia no respeta los criterios jurisprudenciales que sistematicamente vienen siendo reiterados por esta corporacion desde hace mas de diez años.concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. INAPLICAR, para el caso concreto, el reglamento interno de la Sala Plena de Corte Suprema de Justicia.
- Segundo. REVOCAR la Sentencia proferida el veinticuatro (24) de julio de dos mil seis (2006) por la Sala de Casacion Penal de la Corte Suprema de Justicia (Sala de Conjueces), que decidio confirmar la Sentencia proferida el veintiuno (21) de febrero de dos mil seis (2006) por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota, Sala Penal, en la cual se denego el amparo deprecado por el doctor Jairo Humberto Nunez Plata, y en su lugar, CONCEDER el amparo de los derechos fundamentales a la igualdad, debido proceso, trabajo y acceso a cargos y funciones publicas. Como consecuencia se ORDENA a la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia que, en el termino de las cuarenta y ocho horas siguientes a la notificacion de esta decision, inicie los procedimientos y adopte las medidas necesarias para efectuar la designacion del accionante, conforme a la parte motiva de esta providencia, en el cargo de Magistrado de la Sala Laboral del Tribunal Superior de Ibague en reemplazo de la Doctora Amparo Emilia Pena Mejia, todo lo cual no podra exceder de veinte (20) dias.
- Tercero. ORDENAR al Consejo Superior de la Judicatura que adelante las gestiones necesarias para garantizar la reubicacion de la doctora Pena Mejia en un cargo igual (que no implique ninguna desmejora de sus condiciones) al que ocupaba antes de ser designada Magistrada. Lo anterior sin perjuicio de su inscripcion en el registro de elegibles.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.