Micelio
Sentencia de Tutela28 de agosto de 2003

T-746 de 2003

Ponente Alfredo Beltrán Sierra

Demandante Segundo Silvio Realpe Vs. Juzgado 6 Penal Del Circuito De Cali

Tema · dato duro
Derecho Al Trabajo. Solicitud Posesion En Cargo De Citador Para El Cual Fue Nombrado En Propiedad. Primer Puesto En Lista De Elegibles. Levantamiento Fuero Sindical De Persona En Provisionalidad. Concurso De Carrera Judicial. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Concurso De Meritos En La Rama Judicial
  • Nombramiento de quien obtuvo el primer puesto
  • Obligación de Juez de dar posesión a empleado nombrado
Fuero Sindical De Empleado Judicial
  • Inexistencia cuando se debe proveer cargo de lista de elegibles
Carrera Judicial
  • Insubsistencia de nombramiento provisional para proveer cargo de carrera
3 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (8 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida por la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casacion Laboral, el 4 de junio de 2003, en la accion de tutela instaurada por el senor
  2. Segundo. Silvio Realpe contra el Juez
  3. Sexto. Penal del Circuito de Cali. En su lugar CONCEDASE el amparo solicitado.
  4. Segundo. ORDENASE al Juez
  5. Sexto. Penal del Circuito de Cali, que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificacion de esta providencia, de cumplimiento a las normas que regulan el concurso de ingreso a la Rama Judicial y, proceda en consecuencia a dar posesion al senor
  6. Segundo. Silvio Realpe, en el cargo de citador grado 03 de ese despacho judicial.
  7. Librense por Secretaria, las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
  8. Notifiquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.