T-967 de 2010
Ponente Juan Carlos Henao Pérez
✓Demandante David Roncancio Torres·Demandado Tribunal Superior De Bogota Sala Laboral Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Improcedencia por cuanto el fallo acusado no está incurso en las causales generales ni especiales de procedibilidad
- Reiteración de jurisprudencia sobre requisitos generales y especiales de procedibilidad
- Caso en que se alega vulneración al debido proceso y a la seguridad social por haberse declarado probada la excepción de pago interpuesta por el deman
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Debido proceso, seguridad social, derecho adquirido.
El actor adelantó contra el Fondo de Pasivo Social de los Ferrocarriles Nacionales de Colombia, un proceso laboral ordinario solicitando el reajuste de su mesada pensional, se fallo a su favor, e inició un proceso ejecutivo con el fin de darle cumplimiento a la condena, sin embargo el Tribunal Superior de Bogotá, Sala Laboral revocó la sentencia de primera instancia proferida dentro del proceso ejecutivo laboral, ya que dio por probada la excepción de pago interpuesta por la entidad accionada, en donde el Fondo alegaba que se dio cumplimiento a la sentencia y se realizó el reajuste ordenado, lo que dio como resultado que al accionante le fuera reducida su mesada pensional, conforme a lo ordenado en el proceso laboral ordinario.
La Sala realiza reiteración de jurisprudencia sobre la procedencia de la acción de tutela contra providencias judiciales, se concluye que el fallo proferido por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bogota, no cumple con las causales genéricas ni específicas de procedibilidad de la acción de tutela contra providencias judiciales y la disminución de la mesada pensional no supera el salario mínimo mensual vigente, por lo tanto se decide no acceder a las pretensiones del accionante.
Niega.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- administrando justicia en nombre del pueblo, y por mandato de la Constitucion Politica,|
- RESUELVE
- Primero. CONFIRMAR la sentencia de tutela proferida por la Sala de Casacion Penal - Sala de Decision de Tutelas de la Corte Suprema de Justicia, el 29 de junio de 2010.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.