Micelio
Sentencia de Tutela7 de octubre de 2004

T-950 de 2004

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Demandante Olga Lucia Hernandez Algarra Vs. Registrador De Instrumentos Publicos De Bogota

Tema · dato duro
Derechos De Los Menores A La Familia Y A La Vivienda Digna Por La Negativa Del Registrador De Efectuar La Anotación En La Matricula Inmobiliaria De Un Bien Inmueble Su Constitucion Como Patrimonio De Familia. Solicita Se Ordene Al Registrador Dejar Const
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Patrimonio De Familia
  • Instrumento de protección constitucional de la familia
  • Levantamiento
  • Ley 861 de 2003 no exige escritura pública para constituirlo a favor de madre o padre cabeza de familia
  • Ley 861 de 2003 eliminó el requisito de constitución ante juez cuando se tenga la condición de madre o padre cabeza de familia
  • Ley 861 de 2003 permite su constitución sobre inmuebles afectados por hipoteca
  • Requisitos para su constitución por parte de la mujer u hombre cabeza de familia
Principio De Publicidad
  • Rige la actividad del Estado
Derechos Adquiridos
  • No pueden ser desconocidos o vulnerados por leyes posteriores
Mujer Cabeza De Familia
  • Procedimiento de la ley 861 de 2003 para constituir patrimonio de familia
Norma Legal
  • Omisión del verbo “rige” en la frase de la ley 861 de 2003
Patrimonio De Familia Con Hipoteca Anterior
  • Acreedor puede hacer efectiva su garantía hipotecaria
7 temas · 11 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR, pero exclusivamente por las razones expuestas en esta providencia, la sentencia proferida por el Juzgado 18 Penal del Circuito de Bogota el 29 de marzo de 2004, dentro de la tutela instaurada por Olga Lucia Hernandez Algarra contra el Registrador de Instrumentos Publicos, Zona sur, de esta ciudad y en su lugar TUTELAR los derechos fundamentales de los menores hijos de la actora a la familia y a la vivienda digna.
  2. SEGUNDO. en consecuencia ORDENAR al Registrador de Instrumentos Publicos, Zona Sur, de Bogota, hacer constar en la matricula inmobiliaria N 50S - 40213418 correspondiente al inmueble ubicado en la Calle 75 bis Sur No 17 A- 48 de Bogota, que el mismo, queda constituido en patrimonio de familia no afectable por medida cautelar alguna, a excepcion de la que pueda hacerse efectiva en virtud de la garantia hipotecaria constituida sobre el inmueble con anterioridad a la constitucion del patrimonio de familia, segun consta en la Escritura Publica No. 167 otorgada el 28 de junio de 2001 ante la Notaria 58 del Circulo de Bogota
  3. TERCERO. Para los efectos del articulo 36 del decreto 2591 de 1991, el juzgado de origen hara las notificaciones y tomara las medidas conducentes para el cumplimiento de esta sentencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.