Micelio
Sentencia de Tutela8 de noviembre de 2007

T-934 de 2007

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Demandante Jhon Alexander Gaitan Umaña Vs. Instituto Colombiano De Bienestar Familiar Icbf

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derechos de los niños en el caso de menores entregados al icbf por su madre siendo ubicados en hogares sustitutos.

Y que manifiestan su deseo de reencontrarse con su progenitora habiendo formulado peticiones encaminadas a conocer el lugar donde ella reside sin recibir respuesta al respecto.solicita se ordene al icbf realizar las gestiones necesarias para que el y su hermana puedan reencontrarse con la madre.el derecho fundamental de los niños a tener una familia y no ser separados de ella.

El instituto colombiano de bienestar familiar tiene la facultad de llevar a cabo las actuaciones administrativas necesarias para la proteccion de los derechos fundamentales de los niños.

En el presente caso no se vulneraron los derechos de los menores.negada

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. LEVANTAR la suspension de terminos decretada en auto del 21 de junio de 2007, con el fin de resolver el presente asunto.
  2. SEGUNDO. CONFIRMAR la sentencia del Juzgado Promiscuo del Circuito de Puerto Carreno (Vichada), del veinte (20) de octubre de 2007, por las razones expuestas en la presente providencia.
  3. TERCERO. LIBRESE por Secretaria la comunicacion que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.