Micelio
Sentencia de Tutela17 de noviembre de 2010

T-920 de 2010

Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla

Demandante Jose Ruben Numpaque Diaz·Demandado Instituto De Seguro Social

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Pension De Vejez
  • Orden al ISS de reconocer mesada pensional con inclusión en la nómina, pagar valor total de mesadas adeudadas desde el momento en que ha debido reconocer la pensión
3 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Mínimo vital, seguridad social, vida digna.

El accionante solicita el reconocimiento y pago de su pensión de vejez, la cual le ha sido negada por no cumplir con el número mínimo de semanas requeridas para acceder a la misma, debido a que el ISS no sumó las semanas en que trabajo con diferentes empresas.

La Sala realiza reiteración de jurisprudencia sobre la procedencia excepcional de la acción de tutela para obtener el reconocimiento y pago de la pensión de vejez, la mora en el pago de aportes y cotizaciones pensionales, se encuentra que el ISS, no contabilizó los ciclos cotizados extemporáneamente como trabajador independiente, ni las semanas correspondientes a los períodos laborados por el actor con las dos empresas y pretende responsabilizarlo por la mora en el pago del empleador, vulnerando sus derechos fundamentales, por lo tanto se ordena reconocer y sumar los tiempos laborados por le mismo para que pueda acceder a su pensión de vejez.

Concedida.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. LEVANTAR la suspension de los terminos en la presente accion, que se habia dispuesto mediante auto de junio 9 de 2008.
  2. Segundo. REVOCAR la sentencia dictada en octubre 2 de 2007 por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota, que confirmo la proferida en agosto 28 de 2007 por el Juzgado Trece Laboral del Circuito de la misma ciudad. En su lugar, se dispone TUTELAR los derechos fundamentales a la seguridad social y al minimo vital de Jose Ruben Numpaque Diaz.
  3. Tercero. En consecuencia, ORDENAR al Instituto de Seguros Sociales, por conducto del Gerente de su Seccional Cundinamarca o quien haga sus veces, que en el termino de cuarenta y ocho horas (48) contadas a partir de la notificacion del presente fallo, si aun no lo ha realizado, revoque sus Resoluciones Ndeg 038979 de noviembre 28 de 2005 y Ndeg 0536 de abril 18 de 2006, y en su lugar expida otra, en la cual reconozca y sume el tiempo laborado por Jose Ruben Numpaque Diaz para los empleadores Restrepo Ricaurte & Cia y A del Hierro y Cia Ltda, y los periodos que extemporaneamente cubrio como trabajador independiente, procediendo asi a reconocerle la pension de vejez que corresponda y a seguirsela pagando con la periodicidad debida, con inclusion en la nomina respectiva y cubriendo en un termino no superior a treinta dias habiles, contados tambien a partir de la mencionada notificacion, el valor total de las mesadas adeudadas desde el momento en que ha debido reconocer la pension, segun lo que se ha acreditado.
  4. Cuarto. Por Secretaria General, LIBRAR la comunicacion a que alude el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.