Micelio
Sentencia de Tutela1 de noviembre de 2007

T-913 de 2007

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Demandante Angela Maria Tuberquia Toro En Representacion De Su Hija Vs. Emdisalud Ars

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Salud Del Menor
  • Consulta y tratamiento con médico especialista en otorrinolaringología
  • Exoneración del copago
Incapacidad Economica
  • Hecho notorio en personas afiliadas al Sisbén
2 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la salud de menor beneficiaria del regimen subsidiado que experimenta fuertes dolores de oido y la entidad se niega a autorizarle los examenes medicos aduciendo que la consulta y tratamiento con especialistas se encuentran excluidos del pos.solicita se ordene autorizar los examenes medicos y tratamientos requeridos para la valoracion de la perforacion timpanica mas otitis media cronica que padece y la exima del pago de copagos y demas gastos que resulten del tratamiento de la enfermedad.inaplicacion de las normas relativas a la atencion medica fuera del pos y al pago de las cuotas de recuperacion cuando la persona requiere la prestacion de un servicio de salud y carece de los recursos economicos suficientes para efectuar tal pago.

Los pagos compartidos no pueden constituirse en una barrera de acceso a los servicios de salud de la poblacion mas pobre.

Prueba de la incapacidad economica hecho notorio en las personas afiliadas al sisben.

En el presente caso a la accionante no se le debe exigir la cancelacion del copago y demas costos que se requieran en la prestacion del servicio de atencion medica a la menor.concedida.

Se inaplica la regulacion contenida en el articulo 18 del decreto 2357 de 1995 sobre los copagos y cuotas moderadoras

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR PARCIALMENTE la sentencia del Juzgado Civil del Circuito de Apartado del 19 de abril de 2007, únicamente en cuanto negó la exoneración del cobro del copago. En su lugar, TUTELAR el derecho fundamental a la salud de la menor Miller Johana Rodríguez Tuberquia, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
  2. SEGUNDO. INAPLICAR, en este proceso, la regulación contenida en el artículo 18 del Decreto 2357 de 1995 sobre los copagos y cuotas moderadoras.
  3. TERCERO. ORDENAR a la Secretaría de Desarrollo de la Salud del Departamento de Antioquia, que en el término de 48 horas contadas a partir del momento en que se notifique esta sentencia, si aún no lo ha hecho, exonerar del 100% del copago para la valoración que realice el especialista en Otorrinolaringología.
  4. CUARTO. ORDENAR a la Secretaría de Desarrollo de la Salud del Departamento de Antioquia que si aún no lo ha hecho, continúe con el tratamiento ordenado por el médico tratante que atendió a la menor; bien en forma directa o por intermedio de una institución pública o privada con la cual la Secretaría de Desarrollo de la Salud del Departamento de Antioquia tiene suscrito el correspondiente contrato, sin que para el caso sean exigidos copagos por la atención médica que le sea brindada.
  5. QUINTO. LÍBRESE por Secretaría la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.