Micelio
Sentencia de Tutela13 de julio de 2000

T-883 de 2000

Ponente Vladimiro Naranjo Mesa

Demandante Emilia Fadul Rosa

Tema · dato duro
Debido Proceso. Derecho Al Minimo Vital Y Defensa. Motivacion Del Acto Adtivo Que Dispone La Desvinculacion De Funcionarios En Interinidad. Concedida Parcialmente.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Interinidad
  • Fundamento
Registrador
  • Régimen de carrera
Via De Hecho
  • Temeridad por apoderada de la accionante
Notario
  • Régimen de carrera
Servicio Registral
  • Carácter público
Registrador En Interinidad
  • Desvinculación laboral debe ser motivada
  • Estabilidad laboral restringida
Servicio Notarial
  • Carácter público
9 temas · 11 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la Sentencia del once (11) de noviembre de 1999 proferida por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, en cuanto confirmó, a su vez, la Sentencia dictada el veinte (20) de octubre de 1999 por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca, que rechazó la demanda de tutela instaurada por la actora y determinó imponerle a ésta una multa equivalente a diez (10) salarios mínimos mensuales.
  2. Segundo. REVOCAR la Sentencia proferida por la Sección Tercera del Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, de fecha 28 de octubre de 1999, que, a su vez, confirmó la providencia dictada el 13 de septiembre de 1999 por el Tribunal Administrativo de Bolívar que rechazó por improcedente el amparo de tutela solicitado.
  3. Tercero. En su lugar, CONCEDER la tutela impetrada por la señora Emilia Fadul Rosa y, en consecuencia, ORDENAR al Presidente de la República y al Ministro de Justicia y del Derecho que, dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación del presente fallo, hagan explícitas, mediante acto administrativo motivado, las causas y hechos concretos que dieron lugar al retiro de la Registradora de Instrumentos Públicos de Cartagena (Bolívar), doctora Emilia Fadul Rosa.
  4. DESE cumplimiento a lo previsto por el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.