T-870 de 2006
Ponente Rodrigo Escobar Gil
✓Demandante Henry Alberto Cerpa Barros Y Otros Vs. Universidad Del Atlantico Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Evolución jurisprudencial sobre el pago de mesadas pensionales
- Jurisprudencia sobre el pasivo pensional de la Universidad del Atlántico
- Impacto sobre la solicitud del pago de mesadas pensionales atrasadas
- Objeto
- Caso de pensionados de la Universidad del Atlántico
- Requisito de procedibilidad de la tutela
- Mesadas pensionales causadas después del acuerdo de reestructuración
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la vida la integridad fisica la dignidad humana al minimo vital al debido proceso y a la igualdad de pensionados de la universidad del atlantico a quienes les adeudan mesadas pensionales.solicitan se ordene al ministerio de hacienda efectuar los giros a lugar y la cancelacion de las mesadas adeudadas.jurisprudencia sobre el pasivo pensional de la universidad del atlantico.
Criterios y requisitos de procedencia.
Acuerdo de reestructuracion de pasivos y las solicitudes de tutela.el ministerio de hacienda y credito publico allego un escrito y dentro de sus anexos incluyo sendas certificaciones en las cuales consta la cancelacion de las sumas adeudadas por concepto de mesadas pensionales atrasadas y no impartira ninguna orden.negada
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia de dos (2) de febrero de dos mil seis (2006) proferida, en segunda instancia, por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia y la sentencia de primera instancia proferida el cinco (5) de octubre de dos mil cinco (2005) por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla que concedieron el amparo solicitado, dentro de la acción de tutela instaurada por el señor Henry Alberto Cerpa Barros en contra de la Universidad del Atlántico, del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y de la Gobernación del Atlántico y, en consecuencia, negar la tutela solicitada.
- Segundo. REVOCAR la sentencia de dos (2) de febrero de dos mil seis (2006) proferida, en segunda instancia, por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia y la sentencia de primera instancia proferida el siete (7) de septiembre de dos mil cinco (2005) por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla que concedieron el amparo solicitado, dentro de la acción de tutela instaurada por el señor Octavio Luis Cepeda López en contra de la Universidad del Atlántico, del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y de la Gobernación del Atlántico y, en consecuencia, negar la tutela solicitada.
- Tercero. REVOCAR la sentencia del dos (2) de febrero de dos mil seis (2006) proferida, en segunda instancia, por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia y la sentencia de primera instancia proferida el treinta y uno (31) de octubre de dos mil cinco (2005) por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla que concedieron el amparo solicitado, dentro de la acción de tutela instaurada por la señora Maritza Martínez Kelly en contra de la Universidad del Atlántico, del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y de la Gobernación del Atlántico y, en consecuencia, negar la tutela solicitada.
- Cuarto. CONFIRMAR, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia, la sentencia de once (11) de mayo de dos mil seis (2006) por medio de la cual la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla denegó la tutela instaurada por el señor Armando Rafael Granadillo Carrillo en contra de la Universidad del Atlántico, del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y de la Gobernación del Atlántico.
- Quinto. CONFIRMAR, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia, la sentencia de doce (12) de mayo de dos mil seis (2006) por medio de la cual la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla denegó la tutela instaurada por la señora Rebeca Gómez de Mancilla en contra de la Universidad del Atlántico, del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y de la Gobernación del Atlántico.
- Sexto. LIBRENSE, por Secretaría, las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991 para los efectos allí contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.