Micelio
Sentencia de Tutela19 de agosto de 2005

T-869 de 2005

Ponente Humberto Antonio Sierra Porto

Demandante Roberto Barraza Castro Vs. Iss

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Salud
  • Suministro de medicamentos excluidos del POS
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la salud de pensionado que padece infección respiratoria cataratas y leucoma a quien la entidad se niega a suministrar medicamentos no pos.

Solicita se ordene el suministro de los medicamentos formulados por el medico tratante.

Criterios bajo los cuales el derecho a la salud ha sido considerado como derecho fundamental.

Condiciones determinantes para que las eps esten en la obligación de suministrar a sus afiliados medicamentos excluido del pos.

En concordancia con la doctrina constitucional la cual es aplicable al caso en concreto se concluye que el derecho a la salud debe ser amparado por vía de tutela toda vez que su amenaza o vulneración pone en riesgo los derechos fundamentales a la vida a la salud y a la dignidad humana del actor.

Accion de repetición contra fosyga.

Concedida

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. REVOCAR las sentencias proferidas por el Juzgado
  2. Septimo. Penal del Circuito y el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla-Sala Penal de Decision-, por medio de los cuales negaron la tutela instaurada por el senor Roberto Barraza Castro en contra del Instituto de los Seguros Sociales Seccional Atlantico.
  3. Segundo. CONCEDER la accion de tutela para proteger el derecho fundamental a la salud, reclamado por el demandante.
  4. Tercero. ORDENAR a la E.P.S. del Instituto de Seguros Sociales, Seccional Atlantico, que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificacion de la presente sentencia, adopte las medidas necesarias para conformar el Comite Tecnico Cientifico de la entidad a fin de que determine la necesidad de suministrar al senor Roberto Barraza Castro los medicamentos BRINZOLAMIDA GOTAS e ISRADIPINO 2.5 MG, prescritos por su medico tratante.
  5. Cuarto. DECLARAR que el Instituto de los Seguros Sociales Seccional Atlantico le asiste el derecho a obtener el reembolso de lo gastado en cumplimiento de la orden emitida por la Sala. En consecuencia, podra repetir contra la subcuenta correspondiente del Fondo de Solidaridad y Garantia del Sistema de Seguridad Social en Salud (FOSIGA).
  6. Quinto. LIBRENSE, por la Secretaria General de esta Corporacion, las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991 para los efectos alli contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.