Micelio
Sentencia de Tutela14 de agosto de 2001

T-855 de 2001

Ponente Rodrigo Escobar Gil

Demandante Antonio Sarmiento Almeida Vs..Alcalde De Soplaviento Bolivar·Demandado Sin Información

Tema · dato duro
Derecho Al Minimo Vital. Pago De Acreencias Laborales Y Salarios. Disponibilidad Presupuestal. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Procedencia excepcional pago de acreencias laborales
Municipio
  • Situación económica o presupuestal no es óbice para desconocer obligaciones laborales
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado
  2. Sexto. Civil del circuito de Cartagena en cuanto negó la tutela interpuesta por el señor Antonio Sarmiento Almeida.
  3. En su lugar, CONCEDER el amparo invocado. En consecuencia, ORDENAR al Alcalde del Municipio de Soplaviento- Bolívar- si ya no lo hubiere hecho, proceda, dentro del mes siguiente a la notificación del presente fallo, al pago de las sumas reclamadas por el demandante.
  4. Si por la imprevisión administrativa, no hubiere partida presupuestal disponible, el mismo término se concede para que se inicien los trámites correspondientes, con miras a efectuar las adiciones presupuestales que permitan el pago de lo adeudado.
  5. Segundo. PREVENIR al Municipio de Soplaviento- Bolívar - para que evite incurrir nuevamente en las omisiones ilegítimas que originaron el presente proceso, so pena de las sanciones legalmente correspondientes.
  6. Tercero. Por Secretaria, líbrese la comunicación de que trata el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.