Sentencia de Tutela10 de octubre de 2002
T-847 de 2002
Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra
✓Demandante Adan Cortes Vs. Alcaldia De Neiva
✓
Tema · dato duro
Derechos A La Seguridad Social Minimo Vital Y Debido Proceso. Solicitud Reconocimiento Pension De Vejez. Bono Pensional. Cuota Parte. Pago Remanente. Soporte Financiero. Colaboracion Armonica. Ley 700 De 2001. Seis Meses Para Resolver. Iss Risaralda. Conc
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Accion De Tutela Temeraria
- Inexistencia
Principio De Colaboracion Armonica De Entidades Del Estado
- Entidad encargada de expedir el bono pensional no puede excusar su incumplimiento en los deberes de otras entidades
Alcaldia
- Término para el reconocimiento del remanente del bono pensional
Derecho A La Seguridad Social En Pensiones
- Fundamental por conexidad con la vida
Pension De Jubilacion
- Indeterminación del soporte financiero no es óbice para su reconocimiento
- Para su reconocimiento no es necesario el pago del bono pensional
5 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida por el 30 de mayo de 2002 por el Juzgado 5º Civil Municipal de Neiva y, en consecuencia, CONCEDER la tutela al derecho fundamental a la seguridad social en pensiones en conexidad con el derecho al mínimo vital y al debido proceso del señor Adán Cortés.
- SEGUNDO. ORDENAR al Seguro Social, Seccional Risaralda, que en el término de quince (15) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente sentencia, profiera, sin más dilaciones, la resolución correspondiente al reconocimiento de pensión de vejez del señor Adán Cortés. Cualquiera que fuere el mecanismo que se adopte sobre financiación, dentro de los quince (15) días siguientes al reconocimiento de la pensión, se comenzará a pagar el monto de la mesada pensional correspondiente.
- TERCERO. ORDENAR a la alcaldía del Municipio de Neiva una vez definido lo referente al soporte financiero de la pensión de jubilación del señor Adán Cortés, reconozca en un (1) mes el monto total de la cuota parte del bono pensional, en caso de que el aporte financiero debido sea bono pensional o pague de manera oportuna los respectivos períodos legales, si se trata de cuota parte.
- CUARTO. Para los efectos del artículo 36 del decreto 2591 de 1991, el juzgado de origen hará las notificaciones y tomará las medidas conducentes para el cumplimiento de esta sentencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a4
T-529/02Derechos De Peticion Minimo Vital Y Seguridad Social. Solicitud Reconocimiento Y Pago Pension De Vejez. Demora Injustificada. Bono Pensional Y Cuota Parte. Via De Hecho. Ley 100 De 1993. Soporte Financiero. Concedida.T-431/02Derecho A La Seguridad Social Y Peticion De Servidor Publico. Solicitud Reconocimiento Pension De Vejez. Respuesta Clara Y Oportuna. Dilacion Injustificada En El Tramite. Regimen Juridico Del Bono Pensional Y Cuotas Partes. Regimen De Transicion. Ley 100T-235/02Derecho De Peticion Y Seguridad Social. Solicitud Reconocimiento Pension De Vejez. Tramite No Puede Sobrepasar Los Seis Meses. Emision Bonos Pensionales Y Cuota Parte. Regimen De Transicion. Regimen Especial. Favorabilidad. Cumplimiento De Fallos JudicialT-1044/01Derecho De Peticion Y Seguridad Social De Servidor Publico. Solicitud Pension De Jubilacion. Fallecimiento Del Peticionario. Tramite Solicitud Pension De Sobreviviente. Emision Bono Pensional. Iss. Llamado A Prevencion. Investigacion Disciplinaria. Conced
Citada por7
T-480/17Pension De Vejez, Aplicacion De Excepcion De Inconstitucionalidad Al Articulo 29 De La Ley 100 De 1993.T-070/17Pension De Sobrevivientes De Hijo Fallecido.SU.189/12Unificación de 2012T-758/09Tutela de 2009T-610/09Tutela de 2009T-707/03Derechos A La Vida Minimo Vital Y Salud De Alcalde Con Cancer. Pago De Acreencias Laborales. Salarios. Plazo De 6 Meses. Temeridad. Oportunidad. Proceso De Reestructuracion. Ley 550 De 1999. Concedida.
Ver las 7 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.