Micelio
Sentencia de Tutela5 de julio de 2000

T-834 de 2000

Ponente Alejandro Martínez Caballero

Demandante Sinviesdisba Y Otro

Tema · dato duro
Derecho De Asociacion Sindical. Pago De Cuotas Sindicales. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Medio De Defensa Judicial No Idoneo E Ineficaz
  • Entrega oportuna de cuotas sindicales por empleador
Sindicato
  • Entrega oportuna de cuotas por empleador
5 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. REVOCAR las sentencias proferidas por el Juzgado 13 Civil Municipal de Barranquilla el 17 de noviembre de 1999 y por el Juzgado 4deg Civil del Circuito de Barranquilla el 3 de febrero del 2000, en la accion de tutela del Sindicato de vigilantes de escuelas publicas Sinviesdisba contra el Distrito de Barranquilla y en su lugar conceder la tutela por violacion al derecho de asociacion sindical.
  2. Segundo. ORDENAR al Alcalde del Distrito de Barranquilla que en el termino de cuarenta y ocho horas, a partir de la notificacion del presente fallo, entregue directamente a SINVIESDISBA las sumas debidas, correspondientes a las cuotas sindicales legales y extralegales y PREVENIR a la misma autoridad para que en lo sucesiva se entreguen oportunamente dichas cuotas.
  3. Tercero. REVOCAR la sentencia proferida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca el 18 de enero del 2000 en la accion de tutela instaurada por el sindicato de Comesa S.A. y Sintrametal Seccional Soacha contra la sociedad Comesa S.A. y en su lugar conceder la tutela por violacion al derecho de asociacion sindical.
  4. Cuarto. ORDENAR a Comesa S.A. que a partir del pago del proximo salario a los trabajadores y de ahi en adelante se hara la respectiva deduccion por las cuotas legales y extralegales y se entregaran tales aportes a las mencionadas organizaciones sindicales, sin perjuicio de la reclamacion de las cuotas anteriores por la via pertinente.
  5. Quinto. Por Secretaria librense las comunicaciones previstas en el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.