Sentencia de Tutela19 de agosto de 2004
T-790 de 2004
Ponente Alvaro Tafur Galvis
✓Demandante Manuel Dionisio Baena Heroza Vs. Iss
✓
Tema · dato duro
Derecho Al Debido Proceso Defensa Pago Oportuno De Pensiones Y Al Minimo Vital De Persona A Quien El Instituto Le Habia Reconocido Pension Especial Por Vejez Y Posteriormente En Forma Unilateral Le Revoca La Decision Sin Consentimiento Del Actor Aducien
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Acto Administrativo
- Notificación
- Notificación ficta o presunta
- Notificación personal o por edicto
- Excepción al requisito de la notificación
Acción De Tutela
- Procedencia cuando se revocan actos administrativos en los que se reconocen derechos pensionales
Pension De Vejez
- Reconocimiento y pago de mesadas
Revocacion Directa De Acto Administrativo Particular Y Concreto
- Consentimiento expreso y escrito del titular
Seguro Social
- Revocatoria pensión de vejez sin consentimiento del titular
5 temas · 8 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVÓCANSE, por las razones expuestas en esta providencia las sentencias proferidas en su orden por el Juzgado
- Quinto. Civil del Circuito de Cartagena y por la Sala Civil y de Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena dentro de la acción de tutela instaurada por Manuel Dionisio Baena Heroza contra el Instituto de los Seguros Sociales -Seccional Bolívar-.
- Segundo. En consecuencia, CONCÉDASE el amparo solicitado a través de apoderado judicial al señor Manuel Dionisio Baena Heroza y en tal medida ORDÉNASE al Instituto de los Seguros Sociales, Seccional Bolívar, que en el término de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de este fallo, reanude el pago de la pensión especial de vejez que en favor del señor Baena Heroza se reconoció a través de la Resolución Nº 1197 del 24 de Junio de 2002, decisión que deberá mantenerse mientras la Jurisdicción competente no se pronuncie en contrario sobre el asunto.
- Tercero. Por Secretaria General, líbrense las comunicaciones de que trata el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a10
T-411/02Derecho Al Minimo Vital. Solicitud Reconocimiento Pension De Sobreviviente. Inclusion En Nomina De Pensionados. Pago De Acreencias Laborales. Mesadas Pensionales. Carga De La Prueba. Concedida.T-466/99Der. A La Seguridad Social. Der. A La Vida. Mora En El Pago De Pension De Jubilacion. Banco Popular. Concedida.T-720/98Revocatoria Directa De Actos Adtivos. Suspension De Pago De Pension De Sobreviviente Por Aparecer Otra Conyuge. Tutela Transitoria. Concedida.T-357/98Der. A La Seguridad Social. Der. Al Minimo Vital. Conflictos Entre Entidades Prestadoras De Seguridad Social No Pueden Afectar Ders. De Los Usuarios. Pago De Mesadas. Concedida.T-336/97Der. Al Minimo Vital. Debido Proceso. Revocatoria De Acto Adtivo. Revocatoria De Pension De Jubilacion. Concedida.T-352/96Der. A La Seguridad Social. Pension De Vejez. Persona De 70 Años. Revocatoria De Acto Adtivo. Concedida.
Ver las 10 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.