Sentencia de Tutela29 de agosto de 2003
T-760 de 2003
Ponente Jaime Córdoba Triviño
✓Demandante Maria Sonia Trinidad Velencia Vs. Iss
✓
Tema · dato duro
Derecho De Peticion. Solicitud Reconocimiento Y Pago Pension De Vejez. Termino De Quince Dias Cuatro Y Seis Meses Para Resolver. Ley 700 De 2001. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho De Peticion
- Término para resolver reconocimiento y pago de pensiones
Pension De Jubilacion
- Término de seis meses para trámite y pago
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. Amparar el derecho constitucional de petición a la señora María Sonia Trinidad Valencia.
- Segundo. Revocar la sentencia proferida en el proceso de la referencia por el Juzgado
- Cuarto. Penal del Circuito de Villavicencio y, en su lugar, Ordenar al Seguro Social que en el término de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificación de esta sentencia, profiera el acto administrativo que resuelva de manera definitiva la solicitud elevada por la accionante.
- Tercero. Dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a4
T-488/03Derechos De Peticion Seguridad Social Y Trabajo De Personas De La Tercera Edad. Solicitud Reconocimiento Y Pago Pension De Vejez. Respuesta De Fondo. Termino De Quince Dias Cuatro Y Seis Meses Para Resolver. Hecho Superado. Ley 700 De 2001. Negada.T-326/03Derecho De Peticion. Solicitud Reconocimiento Y Pago Pension De Jubilacion Gracia Y Sustitucion. Respuesta Clara Y De Fondo. Termino De Quince Dias Cuatro Y Seis Meses Para Resolver. Ley 700 De 2001. Concedida.T-325/03Derecho De Peticion. Solicitud Reconocimiento Y Pago Pension De Vejez Y Jubilacion. Respuesta Clara Y De Fondo. Termino De Quince Dias Cuatro Y Seis Meses Para Resolver. Ley 700 De 2001. Concedida.C-311/03Ley 700 De 2001. Arts. 3 Y 4 (Ps.). Mejoramiento De Las Condiciones De Vida De Los Pensionados. Reconocimiento Derecho Pensional. Seis Meses. Responsabilidad Patrimonial Solidaria Del Estado. Pago Indemnizacion Moratoria O Costas Judiciales De Funcionario
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.