T-757 de 2012
Ponente Mauricio González Cuervo
✓Demandante Edilson Gomez Montes·Demandado Juzgado Primero Penal Del Circuito De Itagui Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Vinculación al proceso penal conforme a la ley 600 de 2000
- Ultimo recurso para vincular penalmente al sindicado
- Improcedencia de declarar nulidad de la resolución de declaratoria de persona ausente, debido a que se encuentra en curso resolver recurso de apelación en proceso penal de omisión de agente retenedor
- Procedencia por vulneración del debido proceso en sentencia condenatoria dentro del proceso penal, al no conceder beneficio de la prisión domiciliaria por cuanto juez incurrió en defecto sustantivo por indeb
- Requisitos generales y especiales de procedibilidad
- Requisitos de validez
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Tutela contra providencia judicial.
En el presente asunto el accionante solicita que se declare la nulidad del proceso penal que se adelanta en su contra por la presunta comisión del delito de omisión de agente retenedor o recaudador, desde la etapa de investigación y, específicamente, desde la declaratoria de persona ausente por parte de la fiscalía del caso.
Como pretensión subsidiaria solicita que se le otorgue el beneficio de prisión domiciliaria que fue negado por autoridad judicial, alegando el incumplimiento de los requisitos del artículo 38 del Código Penal.
La Sala concluye que, la pretensión de declarar la nulidad de la resolución de persona ausente se torna improcedente, debido a que se probó que en proceso penal que se adelanta en contra del actor aún se encuentra en curso, razón por la cual, en caso de que el juez natural advierta la existencia de alguna causal de nulidad, deberá ser éste quien la decrete.
Adicionalmente, por incumplimiento del requisito de inmediatez.
En torno a la solicitud de conceder el beneficio de la prisión domiciliaria sí se evidenció vulneración al debido proceso, pero la Sala corroboró que la situación fue superada, en tanto se profirió una nueva sentencia condenatoria en la cual se concedió este beneficio a favor del tutelante.
Se decide confirmar la decisión de instancia que AMPARÓ los derechos fundamentales al debido proceso y a la defensa técnica.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. CONFIRMAR la sentencia proferida por el Tribunal Superior de Medellín - Sala de Decisión Constitucional - del diez (10) de abril de dos mil doce (2012) en la cual resolvió en primera instancia la presente acción de tutela.
- SEGUNDO. LIBRAR, por Secretaría General, la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.