Sentencia de Tutela25 de noviembre de 1996
T-641 de 1996
Ponente Eduardo Cifuentes Muñoz
✓Demandante Beatriz Florez Latorre Y Otros
✓
Tema · dato duro
Docentes. Mora En El Pago De Salarios. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Entidad Publica
- Pago oportuno de salarios
Partida Presupuestal
- Pago oportuno de salarios
Salario
- Fundamental
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR las decisiones proferidas por el Juzgado
- Primero. Laboral del Circuito de Cúcuta de julio 18 de 1996 y por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Cúcuta del 23 de agosto del mismo año.
- Segundo. CONCEDER la tutela impetrada. En consecuencia, se ordena al Gobernador del Departamento de Norte de Santander que, si todavía no lo ha hecho, proceda dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta sentencia a cancelar a los docentes del departamento, aquí demandantes y cuyos nombres y números de cédula aparecen en la solicitud de tutela, los salarios que les adeuda, correspondientes al año de 1996, siempre que haya partida presupuestal disponible. En caso contrario, dentro del mismo término, iniciará los trámites pertinentes, de todo lo cual informará, inmediatamente, al juez de primera instancia.
- Tercero. LÍBRENSE por Secretaría, las comunicaciones de que trata el artículo 36 del decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a3
T-146/95Debido Proceso. Principio De La No Reformatio In Pejus. Penas Principales. Negada.T-063/95Der. Del Trabajador Al Pago Oportuno De Su Remuneracion. Ejecucion Presupuestal. Docente. Concedida.T-167/94Der. Al Trabajo. Trabajo En Condiciones Dignas Y Justas. Pago De Salarios Adeudados A Docente. Concedida.
Citada por84
T-621/10Tutela de 2010T-997/06Tutela de 2006T-529/05Tutela de 2005T-229/05Tutela de 2005T-497/04Derecho A La Igualdad Y Minimo Vital. Pago De Acreencias Laborales. Recargos Nocturnos Festivos Y Dominicales. Oportunidad. Caducidad De La Tutela. Negada.T-481/04Derechos A La Igualdad Trabajo Y Minimo Vital De Docentes. Pago De Acreencias Laborales. Dia No Laborado Pero Recuperado. Falta Prueba. Oportunidad De La Tutela. Instituto Distrital Castilla. Negada.
Ver las 84 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.