Sentencia de Tutela14 de junio de 2001
T-633 de 2001
Ponente Jaime Araujo Rentería
✓Demandante Victor Ibarra Torres Y Otro Vs. Cafesalud
✓
Tema · dato duro
Derecho A La Salud Seguridad Social Y Proteccion Especial A Las Personas De Tercera Edad. Incumplimiento De Los Aportes Correspondientes A Salud Por Parte Del Empleador. No Exoneracion A La Eps .De Las Responsabilidades En Que Hubiera Podido Incurrir Por
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Entidad Promotora De Salud
- Repetición contra la Compañía de Inversiones Flota Mercante en liquidación obligatoria o contra el Fosyga
Principio De Garantia A La Seguridad Social
- Mora en pago de aportes por Compañía de Inversiones Flota Mercante en liquidación obligatoria
Derecho A La Vida Digna
- Pago oportuno de aportes a salud por Compañía de Inversiones de Flota Mercante en liquidación obligatoria
Principio De Continuidad En El Servicio De Salud
- Mora en el pago de aportes por Compañía de Inversiones Flota Mercante en liquidación obligatoria
4 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. REVOCAR las sentencias proferidas por el Juzgado Once Civil Municipal de Cartagena, el 27 de noviembre de 2000 y, en su lugar, CONCEDER la proteccion de los derechos fundamentales a la seguridad social y a la salud de los senores Victor Ibarra Torres y Victor Guerrero Martinez.
- Segundo. ORDENAR a la E.P.S. CAFESALUD prestar los servicios medico asistenciales requeridos por los actores o sus beneficiarios, en aquellos casos de urgencia o de gravedad en donde peligre su vida o su integridad personal, sin perjuicio de que dicha entidad pueda repetir contra la entidad en liquidacion o en su defecto, contra el FOSYGA.
- Tercero. Por Secretaria General, librese la comunicacion de que trata el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a11
SU.562/99Der. A La Seguridad Social. Der. A La Salud. Continuidad En El Servicio Publico De Salud. Mora En El Pago De Aportes En Salud. Quintex Empresa En Concordato. Concedida Parcialmente.T-669/97No Prestacion Del Servicio Publico De Salud. Omision De Cotizaciones Al I.S.S. Por El Patrono. Concedida.T-202/97Tutela Contra Particulares. Mora En Los Aportes Por Parte Del Patrono Al I.S.S. Der. A La Seguridad Social. Der. A La Vida Y Salud. Concedida.T-072/97Vinculo Laboral. Prestacion Del Servicio Medico Por El I.S.S. Mora En Los Aportes. Inexistencia De Perjuicio Irremediable. Negada.T-287/95Der. A La Seguridad Social. Mora En Los Aportes Al I.S.S. Por Parte Del Empleador. Tutela Transitoria. Concedida.T-131/95Ders. De Los Niños. Proteccion De Los Menores Con Sindrome De Down. Cobertura Familiar Del Seguro Social. Concedida Parcialmente.
Ver las 11 →Citada por4
C-328/19Propiedad Horizontal. Publicación En El Edificio O Conjunto Residencial De La Lista De Propietarios En Mora Del Pago De Expensas O Incumplimiento De Obligaciones No Pecuniarias.T-303/17Derecho Fundamental A La Salud De Niños Y Niñas Y Acceso Efectivo A Los Servicios Que Se Requieran, Sin Barreras Ni Obstaculos.T-1029/06Tutela de 2006T-695/01Derecho A La Salud Y Seguridad Social. Proteccion Especial A Personas De Tercera Edad. La Eps Debe Seguir Prestando Los Servicios En Caso De Urgencia O De Una Especial Situacion De Gravedad En Donde Peligre La Vida Del Actor. Concedida.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.