Micelio
Sentencia de Tutela8 de agosto de 2002

T-621 de 2002

Ponente Alvaro Tafur Galvis

Demandante Jose Camilo Quintero Vs. Tribunal Superior De Bogota

Tema · dato duro
Derecho Al Debido Proceso. Via De Hecho. Proteccion Actividad Mercantil En Establecimiento De Comercio. Tenencia Inmueble Arrendado Con Uso De La Fuerza. Apreciacion Pruebas En Conjunto Duracion Y Cumplimiento Del Contrato. Violencia Relaciones Juridicas.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Juez
  • Deber de apreciar las pruebas en conjunto
Pruebas
  • Valoración parcial sobre la duración del contrato
  • Valoración sobre el cumplimiento contractual
Posesion O Mera Tenencia
  • Despojo
  • Restitución e indemnización
Contrato De Arrendamiento
  • Está sometido a término o condición
Autonomia E Independencia Del Juez
  • No comporta quebrantamiento del ordenamiento superior
Falta De Valor Probatorio De Documento
  • Oficio remitido por el Inurbe
Nulidad De Pleno Derecho
  • Pruebas obtenidas en contravención del debido proceso
Nulidad Fallo De Tutela
  • No valoración suficiente de las pruebas
9 temas · 11 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. Revocar los fallos proferidos por las Salas Civiles del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota y de la Corte Suprema de Justicia, el 12 de febrero y el 16 de marzo de 2001 respectivamente, dentro de la accion de tutela instaurada por Jose Camilo Quintero en contra de la Sala Civil de Descongestion del Tribunal mencionado, y en su lugar conceder al senor Jose Camilo Quintero el amparo invocado.
  2. Segundo. En consecuencia, dejar sin valor ni efecto la sentencia proferida por la accionada dentro del proceso Ordinario promovido por Jose Camilo Quintero contra la sociedad Herrera Montoya Navarro y Cia Ltda. Equipo Universal Ltda. el 24 de octubre de 2000, y ordenar a la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogota, a la que le corresponda el asunto, resolver en los diez dias siguientes a la notificacion de esta providencia el recurso de apelacion interpuesto por la parte demandada contra la sentencia proferida por el Juzgado Veintinueve Civil del Circuito el 16 de enero de 1998, dentro del mismo asunto.
  3. Tercera. Poner en conocimiento de la Fiscalia General de la Nacion las actuaciones adelantadas en el proceso Ordinario promovido por el actor contra la sociedad Herrera Montoya Navarro y Cia Ltda. Equipos Universal Ltda., para que se inicie la investigacion correspondiente, si fuere del caso. Oficiese y remitase copia de todo lo actuado.
  4. Cuarto. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.