Micelio
Sentencia de Tutela26 de noviembre de 1997

T-614 de 1997

Ponente Hernando Herrera Vergara

Demandante Libia Ines Cadavid Castaño

Tema · dato duro
Derecho Al Ambiente Sano Y A La Intimidad. Criadero De Cerdos En Casa De Habitacion. Concedida
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Intimidad Personal Y Familiar
  • Criadero de animales en perímetro urbano
  • Emanaciones de mal olor
1 tema · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. REVOCAR las sentencias proferidas por el Juzgado
  2. Segundo. Penal Municipal de Barbosa del 13 de mayo de 1997 y del Juzgado Penal del Circuito de Girardota del 20 de junio de 1997. En su lugar CONCEDER la tutela de los derechos fundamentales al medio ambiente sano y a la intimidad de la senora Libia Ines Cadavid Castano.
  3. Segundo. ORDENAR a los senores Gustavo de Jesus Agudelo Garcia y Luis Fernando Jimenez Osorio para que en el termino de un (1) mes contado a partir de la notificacion de la presente sentencia, procedan a efectuar las correspondientes adecuaciones tecnico-sanitarias pertinentes a fin de solucionar el problema ambiental que se presenta en sus porquerizas. Lo anterior no es obice para que en el mismo termino procedan a solicitar la correspondiente licencia sanitaria senalada en los terminos del articulo 53 del Decreto 2257 de 1986. Para tal efecto y en relacion con todas las otras porquerizas existentes dentro del perimetro urbano del municipio de Barbosa, el Secretario de Medio Ambiente de dicha localidad debera proceder de acuerdo con lo senalado por el decreto antes citado, todo esto con la unica finalidad de proteger la salubridad publica.
  4. Tercero. SURTASE el tramite previsto en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.