Micelio
Sentencia de Tutela1 de agosto de 2002

T-589 de 2002

Ponente Jaime Araujo Rentería

Demandante Jaime Guzman Contecha Vs. Datacredito Y Cifin

Tema · dato duro
Derecho De Igualdad Y Habeas Data. Caducidad Inmediata De Informacion Negativa Historica En Banco De Datos. Alivio. Tutela Contra Particulares. Ley 716. Art. 19. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Banco De Datos
  • Caducidad inmediata de la información negativa
  • Información veraz e imparcial
  • Tratamiento diferencial injustificado frente a situaciones iguales
Habeas Data
  • Temporalidad de registros negativos históricos
  • Inaplicabilidad del principio de favorabilidad por no tratarse de una sanción
  • Información histórica negativa no constituye sanción
  • Pago de la deuda no implica la cancelación automática de la información negativa
Legislador Ordinario
  • Falta de competencia para crear la caducidad de la información negativa en bancos de datos
Ley Estatutaria
  • Caducidad de la información negativa en bancos de datos
Caducidad Del Dato
  • Límite temporal
Derecho A La Igualdad
  • Conducta discriminatoria
  • Similar situación de quienes pagaron sus deudas con anterioridad y con posterioridad a la ley 716 de 2001
Excepcion De Inconstitucionalidad
  • Efectos frente al caso concreto
8 temas · 14 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. REVOCAR las sentencias desestimatorias proferidas por la Seccion Primera -subseccion A- del Tribunal Administrativo de Cundinamarca y por la Seccion Tercera del Consejo de Estado, del 8 de noviembre de 2001 y del 24 de enero de 2002, respectivamente, dentro de la presente actuacion de tutela.
  2. Segundo. CONCEDER la tutela para proteger los derechos de habeas data y de igualdad del actor.
  3. Tercero. ORDENAR a Datacredito de Computec S.A., y a la Central de Informacion Financiera CIFIN de Asobancaria, que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificacion del presente fallo, eliminen de los bancos de datos que administran, la informacion negativa historica del senor Jaime Guzman Contecha, sin que al respecto puedan conservar en sus archivos tal informacion.
  4. Cuarto. LIBRESE por Secretaria la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoManuel José Cepeda Espinosa
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.