Sentencia de Tutela10 de junio de 2004
T-580 de 2004
Ponente Clara Inés Vargas Hernández
✓Demandante Maria Olga Valencia De Rios Vs. Iss
✓
Tema · dato duro
Derecho Al Debido Proceso Y Minimo Vital. Nucleo Esencial. Pago De Acreencias Laborales. Mesadas Pensionales. Pension De Vejez. Inclusion En Nomina De Pensionados. Cumplimiento De Providencias Judiciales. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Acción De Tutela
- Cumplimiento de sentencias sobre inclusión en nómina de pensionados
Debido Proceso
- Cumplimiento de sentencias
Cumplimiento De Providencias Judiciales
- Procedencia de tutela
4 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR las sentencias dictadas por el Juzgado
- Séptimo. Laboral del Circuito de Medellín el día quince (15) de octubre de dos mil tres (2003) y por el Tribunal Superior de Medellín el once (11) de noviembre de dos mil tres (2003), en la cual negaron el amparo a los derechos fundamentales de la señora María Olga Valencia de Ríos. En su lugar, CONCEDER la tutela de sus derechos fundamentales al debido proceso y al mínimo vital.
- SEGUNDO. ORDENAR al Instituto de Seguros Sociales, que en el término de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación del presente fallo, dé cumplimiento a las providencias judiciales dictadas por el Juzgado Trece Laboral del Circuito de Medellín el día 16 de Julio del año dos mil dos (2002) y por el Tribunal Superior de Medellín - Sala Laboral el once de noviembre de dos mil dos (2002), dentro del proceso promovido por la señora María Olga Valencia de Ríos contra el Instituto de Seguros Sociales.
- TERCERO. Por Secretaría, líbrese la comunicación de que trata el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a30
T-510/02Derecho Al Trabajo. Acceso A La Administracion De Justicia. Solicitud Reintegro Y Pago De Salarios Dejados De Percibir.. Retiro Unilateral Y Sin Justa Causa. Personeria Sustantiva De Los Sindicatos. Cumplimiento De Fallos Judiciales Ejecutoriados. SubsidiT-498/02Derecho Al Minino Vital Y Subsistencia. Inclusion En Nomina. Pago De Acreencias Laborales. Mesadas Pensionales. Pension De Sobrevivientes. Estado De Indefension Y Subordinacion. Cumplimiento De Orden Judicial. Concedida.T-140/00Pago De Mesadas Pensionales. Minimo Vital. Resulta Vulnerado. Gobernacion Del Choco. Concedida.SU.090/00Incumplimiento Sistematico De Las Sentencias De Tutela Por Pago De Pensiones En El Departamento Del Choco. Suspension Del Estudio Del Proyecto De Sentencia Mientras Se Expedia La Ley 549/99 Que Ordena Anticipo Para Cubrir La Mora Pensional De Las Entidades Territoriales.Concedida.T-387/99Der. De Peticion. Tercera Edad. Der. A La Seguridad Social. Mora En El Pago De Mesadas Pensionales. Concedida.T-365/99Der. Al Minimo Vital. No Pago De Licencia De Maternidad Por El I.S.S. Concedida.
Ver las 30 →Citada por1
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.