Micelio
Sentencia de Tutela13 de diciembre de 1993

T-578 de 1993

Ponente Alejandro Martínez Caballero

Demandante Eladio Mosquera

Tema · dato duro
Derecho A La Informacion. Derecho De Peticion. Destinatarios De La Accion De Tutela. Emisora Del Choco.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR la Sentencia proferida por el Tribunal Superior de Distrito Judicial de Quibdo (Sala Dual Civil-Laboral), por las razones expuestas en esta sentencia.
  2. SEGUNDO. CONCEDER la tutela solicitada por el senor Eladio Mosquera Borja por la vulneracion del derecho a la informacion sobre si mismo consagrado en el articulo 15 de la Constitucion Politica, por las razones expuestas en esta sentencia.
  3. TERCERO. ORDENAR a la emisora La Voz del Choco que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas facilite las copias de las emisiones de los dias 15 de julio de 1991 y 30 de marzo de 1992 al peticionario de la tutela, a costa de este, si aun mantiene los duplicados solicitados, a menos que para la fecha de la notificacion de esta sentencia no fuere posible obtenerlos, en cuyo caso la sentencia tiene un caracter preventivo, en los terminos del articulo 24 del Decreto 2591 de 1991.
  4. CUARTO. ENVIAR copia de esta sentencia al senor Ministro de Comunicaciones para que en ejercicio del numeral 6o, del articulo 1o, del Decreto No. 2122 de 1992, cumpla con la funcion de vigilar, inspeccionar y controlar a la emisora La Voz del Choco, para que analice la conducta de la mencionada empresa, frente al requerimiento hecho por el peticionario de la tutela, Eladio Mosquera Borja.
  5. QUINTO. COMUNICAR a traves de la Secretaria General de la Corte Constitucional el contenido de la sentencia al Juzgado 3o Penal del Circuito de Quibdo, al Tribunal del Distrito Judicial de Quibdo -Sala Dual Civil-Laboral-, a la emisora La Voz del Choco, al Defensor del Pueblo y al peticionario de la presente tutela.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.