Sentencia de Tutela26 de octubre de 1992
T-572 de 1992
Ponente Jaime Sanin Greiffenstein
✓Demandante Alvaro Camacho
✓
Tema · dato duro
Debido Proceso. Acceso A La Admon De Justicia. Mora Judicial. Medio De Defensa Judicial. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Autoridad Publica
- Concepto
Debido Proceso
- Vulneración
Acción De Tutela
- Objeto
Juez
- Responsabilidad
Medio De Defensa Judicial
- Eficacia
8 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- R E S U E L V E:
- PRIMERO. Revocar la providencia proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santafé de Bogotá - Sala Disciplinaria, el día 20 de mayo de 1992, mediante la cual se decidió sobre la acción de tutela instaurada por ALVARO CAMACHO FONSECA.
- SEGUNDO. Comuníquese al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santafé de Bogotá - Sala Disciplinaria el contenido de esta providencia, según lo dispone el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991. Una vez notificada, adecúe su fallo a lo dispuesto en ella y, en especial, para que ordene al Juez Once Penal Municipal de Santafé de Bogotá dictar resolución inhibitoria o resolución de apertura de instrucción según el caso, dentro del expediente aludido en la demanda de tutela instaurada por ALVARO CAMACHO FONSECA, en un término que no podrá exceder los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación de esta providencia.
- TERCERO. Remitir copias del expediente y del presente fallo a la Procuraduria Delegada para la Vigilancia Judicial y al Consejo Superior de la Judicatura -Sala Disciplinaria, para lo de su competencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por19
SU.397/19Derecho A Impugnar La Primera Sentencia En Materia Penal Bajo La Aplicación De La Ley 600 De 2000. Doble Conformidad.SU.373/19Derecho A Impugnar Sentencia Condenatoria Dictada En Unica Instancia Por La Sala De Casacion Penal De La Corte Suprema De Justicia. Acto Legislativo 01/18T-058/17Revocatoria De Actos Administrativos Que Han Reconocido Derechos Pensionales.T-051/16Procedimiento Administrativo Que Debe Adelantarse Ante La Comision De Infracciones De Transito Captadas A Traves De Medios Tecnologicos.T-441/15Mora Judicial Justificada. Accion De Tutela Transitoria En Materia De Pension De Invalidez.T-804/12Tutela de 2012
Ver las 19 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.