Micelio
Sentencia de Tutela29 de mayo de 2008

T-562 de 2008

Ponente Jaime Araujo Rentería

Demandante Maria Teresa Castro Poveda·Demandado Caja Nacional De Prevision Social -Cajanal

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Hecho superado por cuanto fue resuelta petición
Derecho De Peticion En Materia Pensional
  • Término de cuatro meses para resolver solicitud
  • Término de quince días para comunicar al peticionario la información que éste haya solicitado en torno a los trámites a seguir
  • Términos
2 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la vida, minimo vital y peticion de pensionada de la entidad accionada a quien no le han hecho el reajuste pensional ordenado mediante resolucion de 2005.

Ademas, con el fin de obtener la reliquidacion, radico peticion escrita que hasta la fecha de interposicion de la tutela no habia sido contestada. <br>reclama que, a traves de la tutela, se exhorte a la accionada para que expida el acto administrativo en el que se reconozca de inmediato la reliquidacion de su pension.<br>improcedencia general de la accion de tutela para proteger derechos prestacionales.<br>la sala recordo cuales son las condiciones cuyo cumplimiento se exige para hallar merito a la excepcion a esta reglas general, y se verifico que en el caso observado, no hay peligro de ocurrencia de un perjuicio irremediable. <br>por otra parte, se analizo el asunto relativo a la renuencia en la contestacion de la peticion.<br>en ese sentido, se citaron varias sentencias relativas al tema de los plazos dispuestos para la resolucion de solicitudes.<br>de manera general, se ha establecido que los operadores de pensiones cuentan con un termino maxino de 4 meses para resolver de fondo las peticiones de reconocimiento o reajuste de pension; Sin embargo, en el caso particular de la prestacion por pension de sobrevivientes este plazo es de 2 meses despues de radicada la solicitud.<br>se comprobo, por otra parte, que desde la fecha de presentacion de la solicitud hasta la de la demanda de tutela, habian trascurrdio 6 meses. <br>pero, despues de expedido el fallo de primera instancia, la entidad se pronuncio al respecto.

Se configuro, en esta medida, un hecho superado.

Negada

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. CONFIRMAR el fallo unico de instancia dictado el 29 de octubre de 2007 por el Juzgado
  2. Quinto. de Familia de Ibague en el sentido de declarar IMPROCEDENTE el amparo de los derechos a la vida y al minimo vital en la demanda de tutela presentada por Maria Teresa Castro Poveda contra la Caja Nacional de Prevision Social, CAJANAL.
  3. Segundo. REVOCAR el fallo unico de instancia dictado el 29 de octubre de 2007 por el Juzgado
  4. Quinto. de Familia de Ibague en el sentido de declarar IMPROCEDENTE el amparo del derecho de peticion en la demanda de tutela presentada por Maria Teresa Castro Poveda contra la Caja Nacional de Prevision Social, CAJANAL, y en su lugar,
  5. DECLARAR que, por configurarse la carencia actual de objeto en relacion con la proteccion del derecho de peticion de la demandante, no se imparten ordenes en torno a las falencias planteadas.
  6. Tercero. LIBRESE, por Secretaria, la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.