T-545 de 2012
Ponente Adriana María Guillén Arango
✓Demandante Alexander Franco Lerma Representado Por Jose Edinson Franco Yanes·Demandado Caprecom Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Ordenar cirugía para remover material de osteosíntesis de miembro inferior derecho
- Subsidiariedad
- Inmediatez
- Procedencia de la acción de tutela para su protección
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
En este caso el accionante promueve la acción de tutela en representación de un hijo que se encuentra privado de la libertad, con el objeto de solicitar que a éste se le remueva un proyectil de bala que reposa en su pierna derecha y que considera es la causa de la infección que padece su hijo en su miembro inferior derecho.
La Sala se pronuncia respecto a los siguientes temas: 1º.
Los derechos de las personas privadas de la libertad recluidas en establecimientos penitenciarios y, 2º.
El derecho a la salud de las personas privadas de la libertad.
Se CONCEDE el amparo judicial del derecho fundamental a la salud y se imparten una serie de órdenes conducentes a hacer efectivo el goce del derecho tutelado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado Catorce Civil del Circuito de Cali, el cual mediante sentencia del ocho (8) de febrero de dos mil doce (2012), resolvio negar el amparo solicitado. En su lugar, CONCEDER el amparo judicial del derecho fundamental a la salud del senor Alexander Franco Lerma.
- Segundo. ORDENAR a CAPRECOM EPS-S que autorice y realice en el Hospital Universitario del Valle, en un termino no superior a quince (15) dias a partir de la fecha de notificacion de la presente providencia, la cirugia para remover el material de osteosintesis que el accionante tiene en su miembro inferior derecho. Adicionalmente, debera velar por su cuidado hasta que este se recupere a cabalidad.
- Tercero. ORDENAR al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario -INPEC,- Penitenciaria Villahermosa, que realice todas las gestiones administrativas tendientes a que el senor Alexander Franco Lerma reciba de Caprecom EPS-S la atencion medica ordenada en esta sentencia, sin obstaculos y dilaciones injustificadas.
- Cuarto. ORDENAR al Hospital Universitario del Valle que programe y realice, en un termino no superior a quince (15) dias a partir de la fecha de notificacion de la presente providencia, la cirugia para remover el material de osteosintesis que el accionante tiene en su miembro inferior derecho.
- Quinto. Por Secretaria librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.